Se publica y se regula la Beca Andalucía Segunda Oportunidad y las becas ADRIANO

Con fecha de 18 de octubre de 2016 se publica en BOJA la convocatoria de Beca Andalucía Segunda Oportunidad para el curso 2016-2017 y su correspondiente extracto.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por lo que se entiende que el plazo para presentar solicitudes comprende desde el 19 de octubre de 2016 al 18 de noviembre de 2016, ambos inclusive.

Estas becas están dirigidas a personas con edades comprendidas entre los 18 y los 24 años de la Comunidad Autónoma de Andalucía que hayan abandonado el sistema educativo sin haber obtenido alguna titulación de Educación Secundaria obligatoria o educación secundaria postobligatoria.

Podrán ser personas beneficiarias aquellas que estando matriculadas del curso completo en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria para personas adultas, bachillerato o ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial o de artes plásticas y diseño, cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de 25 de julio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de la Beca Andalucía Segunda Oportunidad.

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Publicación convocatoria Beca Adriano. Curso 2016-2017

Con fecha de 18 de octubre de 2016 se publica en BOJA la convocatoria de BECA ADRIANO PARA EL CURSO 2016-2017 y su correspondiente extracto. En relación con esta convocatoria se informa lo siguiente:

1.- El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por lo que se entiende que el PLAZO para presentar solicitudes comprende desde el 19 de octubre de 2016 al 18 de noviembre de 2016, ambos inclusive.

2.- La SOLICITUD se ajustará al modelo que como Anexo acompaña a la citada Resolución y deberá cumplimentarse mediante el formulario que estará disponible en el PORTAL WEB de becas y ayudas al estudio de la Consejería competente en materia de educación.

3.- Una vez cumplimentada la solicitud deberá imprimirse y firmarsese presentará, preferentemente, en la Secretaría del centro docente donde, durante el curso 2016-2017se encuentra matriculado el alumno o alumna solicitante de la beca y para el que solicite esta ayuda.

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