• ¡¡¡Recordatorio importante!!! El 31 DE MARZO acaba el plazo para acogerse a las BONIFICACIONES del IBI (la Contribución).

 

Los que se beneficiaron el año pasado deben volver a presentar la documentación requerida a excepción de los que domiciliasteis el recibo del inmueble de naturaleza urbana por el banco, que ya contaréis con la bonificación del 3%.

Además de quien domicilie el recibo de su propiedad -obligado que sea de naturaleza urbana-, pueden beneficiarse familias numerosas o aquellas familias con muy pocos recursos que cumplan unas determinadas condiciones. En el enlace informamos de la documentación que hay que presentar en el registro municipal.

OTRA CUESTIÓN IMPORTANTE: el IBI se podrá pagar en dos plazos o bien en más mensualidades si os acogéis a la «cuenta a medida», una fórmula para fraccionar TODAS las tasas a la vez que se pagan al Ayuntamiento.

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