ABIERTO EL PLAZO PARA VOTAR POR CORREO EN LAS ELECCIONES DEL 10N

Los residentes españoles que no puedan acudir a las urnas el próximo 10 de noviembre tienen hasta el próximo 31 de octubre para solicitar el voto por correo si quieren participar en las nuevas elecciones generales.

Después, tendrán hasta el 3 de noviembre para recibir la documentación facilitada por la Oficina del Censo Electoral y hasta el 6 —cuatro días antes de que abran los colegios electorales— para emitir sus papeletas a través del servicio postal. También tendrán la oportunidad de volver a votar a distancia los habitantes de 35 municipios y 88 entidades locales en los que no se presentó ningún candidato durante la cita del pasado 26 de mayo.

Cómo solicitar el voto por correo ‘online’

1. Datos del elector. El primer bloque a rellenar está dedicado a la información básica del elector (nombre, apellidos, fecha de nacimiento y DNI).

2. Dirección de remisión. Mediante el siguiente apartado, el elector ha de especificar la dirección donde quiere recibir la documentación.

3. Datos de la persona autorizada. En caso de enfermedad o incapacidad —acreditada por medio de certificación médica oficial— la solicitud puede ser firmada y presentada en nombre del elector por persona autorizada notarial o consularmente. El elector tiene derecho a que estos dos documentos sean gratuitos y deberá incluirlos en el sobre de remisión.

4. Fecha de la solicitud. Para completar el formulario, será necesario escribir la fecha de firma y el nombre de la provincia en cuyo censo figura inscrito el elector.

5. Confirmación. Antes de generar la solicitud, es importante revisar los datos para evitar malentendidos.

6. Imprimir. Por último, el usuario deberá imprimir los dos documentos que se generan: una copia para la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral y otra para sí mismo.

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