El 1 de Junio se ha reanudado el plazo de presentación de solicitud de la Bonificación del IBI por familia numerosa.

Puedes presentar tu solicitud hasta el 16 de Junio.

BONO FAMILIA NUMEROSA. Las familias numerosas obtendrán una bonificación en función del valor catastral de la vivienda y de una serie de condicionantes que establece la Ley de Haciendas Locales.

Es necesario que el inmueble para que el se solicita la bonificación constituya el domicilio habitual de la familia numerosa y que el titular de la familia numerosa sea el sujeto pasivo del IBI.

La familia numerosa también podrá obtener la otra bonificación que contempla la ordenanza, la posibilidad de domiciliar el recibo.

En este caso hay que aportar los siguientes documentos: 

  • Instancia en la que conste la referencia catastral y domicilio del inmueble para el que se solicita la bonificación.
  • Certificado, tarjeta o cualquier otra documentación que acredite la condición de familia numerosa.
  • Recibo del IBI, del inmueble para el que solicita la bonificación.

NOTA IMPORTANTE: La documentación necesaria para acogerse a las bonificaciones por familia numerosa debe presentarse antes del 16 de JUNIO de 2020 en el registro municipal situado en los Servicios Generales del Ayuntamiento (Avenida de Andalucía)

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