GRANADA: Entra en vigor la norma que obliga a los patinetes a circular por la calzada

La nueva ordenanza de circulación de peatones, bicicletas y vehículos de movilidad personal incorpora cambios y un amplio régimen sancionador

Las ciudades están siempre en continua evolución, en parte por los nuevos hábitos de vida que van generando unos ciudadanos cuya conciencia medioambiental no deja de crecer. Además, la tecnología está abriendo un sinfín de posibilidades en campos como el que nos ocupa, la movilidad. Los coches están dejando paso a nuevos modos de locomoción más económicos y más sostenibles, como por ejemplo los patinetes eléctricos. Según un cálculo de la Asociación para la Movilidad Personal y Ecológica de Granada, en la capital existen ya 5.000 vehículos de este tipo circulando por las calles. Asimismo, la bicicleta le va ganando espacio al coche. En la capital hay reservados hoy alrededor de 60 kilómetros en el asfalto para las bicis y unos 20 en las aceras, lo que ha supuesto también un cambio importante en la fisionomía de la ciudad.

Todo está en movimiento, nunca mejor dicho. Y para responder a las nuevas necesidades que todo este trasiego trae consigo en el desplazamiento de tipo urbano en Granada, se ha confeccionado una nueva ordenanza de circulación de peatones y bicicletas que incorpora novedades tan fundamentales «como acabar con el vacío legal que rodeaba a los vehículos de movilidad personal o la puesta en marcha de un nuevo régimen sancionador», tal y como resume María Asunción Tárrago Ruiz, directora del centro de educación para la Seguridad Vial del Ayuntamiento de Granada.

Como la norma hace poco que ha entrado en vigor, IDEALresume los artículos más importantes que tienen relación con los patinetes, pero también aquellos que afectan directamente tanto a ciclistas como a peatones.

Los patinesy VMP

A circular por la calzada

Al ser vehículos de nuevo cuño, es la primera vez que su circulación se regula vía ordenanza. Se pretende acabar así con la confusión que hay aún respecto a su uso y convivencia con otros medios de transporte, así como también dar un soporte legal a los policías en caso de infracciones.

Lo primero que se deja claro en la ordenanza es que solo podrán conducir los patinetes eléctricos las personas mayores de 15 años, siendo obligatorio hasta los 16 el uso del casco, aunque se recomienda también para el resto. Además, se debe elegir entre conducir uno de ellos o escuchar música por unos auriculares. Más proscrito todavía está circular bebido. Y es así porque los VMP se consideran vehículos. Esto conlleva la obligación, por tanto, de que se conduzcan por la calzada y no por las aceras o las zonas peatonales, algo que está aún muy extendido hoy. Asimismo, tampoco podrán ser remolcados.

En su articulado, la norma especifica que estos vehículos de dos o más ruedas propulsados por un motor eléctrico podrán circular por el carril-bus y en el caso de vías con más de un carril, hacerlo preferiblemente por la derecha. En cuanto a los rieles que van por las aceras, con un patinete motorizado se podrá circular en ellas siempre y cuando no se sobrepasen los 10 kilómetros por hora. Según explica Sergio Ruiz, presidente de la Asociación para la Movilidad Personal y Ecológica de Granada, los patinetes tienen una limitación de velocidad de 25 kilómetros por hora, que se deberá reducir a 20 en las calles residenciales o a cinco en aquellos lugares en los que coexistan con los peatones. El alumbrado delantero y trasero o portar la documentación del vehículo encima para facilitar la labor policial, son otras dos consideraciones que apunta la ordenanza para los patinetes.

Bicicletas

Habrá un registro municipal

La norma dedica doce artículos a la circulación de las bicicletas, que ya estaba regulada en un reglamento anterior. Si bien incorpora novedades importantes, como por ejemplo, que se creará un registro municipal con todas ellas.

En estos días, la asociación Biciescuela Granada ha estado difundiendo en detalle los puntos que hacen referencia al uso de las bicis en el término municipal. Cuentan sobre todo en redes sociales de forma muy didáctica lo que está permitido y lo que no, respondiendo a la vez a muchas de las dudas que aún existen. Como por ejemplo, si es obligatorio circular por el carril-bici. La respuesta es ‘no’, según el punto tres del artículo 13. Pero hay más, entre ellos se incide en la prohibición a los mayores de 12 años de circular en bici por aceras, calles o zonas peatonales. Deben ir por la calzada, en el carril que más les convenga y sin necesidad de ir orillados a la derecha. Eso sí, como en los patines, ningún ciclista podrá usar auriculares ni dispositivos de telefonía móvil o ni mucho menos conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas.

También pueden usar el carril-bus en fila india; en la calzada pueden ir dos ciclistas en paralelo e incluso circular en ella los menores de 12 años si van acompañados de un adulto. En cuanto a las aceras bici, está terminantemente prohibido en ellas superar los 10 kilómetros por hora, tal y como deja claro el artículo 16.3. Y si tenían dudas, ojo con atar la bicicleta al mobiliario urbano y dejarlo más de 24 horas en el mismo sitio. Ni en señales de tráfico, ni marquesinas, ni arbolado o inmuebles protegidos. Ni siquiera a menos de dos metros de un paso de peatones. Debe hacerse en un aparcamiento de bicis siempre que haya uno a menos de 75 metros.

Respecto al alumbrado, por las noches hay que llevar luz blanca delante y luz y catadióptrico rojos detrás. Y la prenda reflectante solo es obligatoria en vías interurbanas por la noche, como lo es el casco para menores de 16 en la ciudad. Fuera de ella, para todo el mundo. Por último, en la ordenanza se hace hincapié en la seguridad de los ciclistas por ejemplo en los adelantamientos. Para pasarles con un vehículo, hay que guardar siempre una distancia lateral de 1,5 metros.

Peatón

No ser obstáculo para el paso

Por último, el tercer eje de este documento es el caminante. Lo primero que hace la ordenanza es delimitar bien el concepto de peatón. Es el señor que anda, pero también la persona que va en silla de ruedas o el niño con patín.

Deberán circular, como se sabe, por las zonas peatonales y las personas con movilidad reducida tendrán preferencia. Entre las obligaciones que marca la norma, el peatón no podrá detenerse impidiendo el paso en grupos en las zonas de paseo ni tampoco caminar longitudinalmente por las aceras. En patines, está vetado dejarse arrastrar por otros vehículos. Y en casos de escasa visibilidad, se recomienda el casco.

 
FOTO:Chicos en patín por Granada. / Ramón L. Pérez
https://www.ideal.es/granada/entra-vigor-norma-20200927230854-nt.html?edtn=granada#vca=fixed-btn&vso=rrss&vmc=wh&vli=Granada
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