Subvención para la modernización y aumento de la competitividad de las pymes comerciales (Modalidad PYM)

¡¡¡IMPORTANTE!!! SUBVENCIÓN PARA LA MODERNIZACIÓN Y AUMENTO DE LA COMPETITIVIDAD DE LAS PYMES COMERCIALES (El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 26 de Diciembre)

Orden por la que se convocan y regulan las subvenciones para la modernización y aumento de la competitividad de las pymes comerciales.
El objetivo de las mismas es:
LINEA A: Modernizar y transformar el comercio, mediante las tecnologías de la información y comunicación y, la incorporación de los mismos al espacio digital, mediante proyectos que mejoren la calidad de los servicios TIC que se presten.
Los proyectos subvencionables, son los detallados a continuación, con un máximo de 6.000 Euros y, pudiendo contemplar una o varias de las actuaciones siguientes:
1. Implantación de software destinado a aplicaciones de contabilidad, facturación, almacén y automatización de las ventas, con una inversión máxima de 2.000 Euros.
2. Adquisición e implantación de equipamiento tecnológico del Terminal del Punto de Venta, con una inversión máxima de 2.500 Euros.
3. Adquisición e implantación de equipamiento informático de sobremesa, con una inversión máxima de 2.500 Euros.
4. Actuaciones de comunicación, publicidad y marketing en internet o utilizando nuevas tecnologías, con una inversión máxima de 2.000 Euros.
5. Diseño e implantación de una página web con información corporativa, catálogo de productos, aplicaciones para móviles, con una inversión máxima de 4.000 Euros.
6. Diseño e implantación de sistemas de portales de vena no presenciales, creación de tienda on line, con una inversión máxima de 2.500 Euros.
LINEA B: Destinada a proyectos que promuevan la reactivación del pequeño y mediano comercio para la mejora, aumento de la competitividad y dimensión de la empresa. No son subvencionables las mera reparaciones u obras de mantenimiento, ni sustitución de equipamiento y mobiliario.
Los proyectos subvencionables, son los detallados a continuación, con un máximo de 15.000 Euros y, pudiendo contemplar una o varias de las actuaciones siguientes:
1. Ampliación y reforma del establecimiento afecto a la actividad comercial o la ampliación y reforma de un establecimiento para la apertura de un segundo punto de venta, manteniendo el anterior, con una inversión máxima de 15.000 Euros.
2. La adquisición de equipamiento y mobiliario comercial del establecimiento y la adquisición de equipamiento y mobiliario comercial para un segundo punto de venta, manteniendo el anterior, con una inversión máxima de 5.000 Euros.
3. Actuaciones de innovación y modernización de la imagen corporativa, interiorismo y escaparatismo destinadas a la mejora de la imagen del establecimiento, con una inversión máxima de 5.000 Euros.
El importe de la subvención que se conceda, será de hasta un 75% del total de la inversión aprobada.

BENEFICIARIOS.- Serán pequeñas y medianas empresas comerciales, ya sean empresas individuales o sociedades, que ejerzan actividad comercial en la Comunidad Autónoma de Andalucía con establecimiento permanente en dicho territorio con al menos seis meses ininterrumpidos de antigüedad a la fecha de inicio del plazo de presentación de las solicitudes para las empresas que soliciten proyectos del Tipo A y con al menos 3 años ininterrumpidos de antigüedad para las empresas que soliciten proyectos del Tipo B. Además, el establecimiento ha de estar inscrito en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía antes de la fecha de comienzo del plazo de presentación de solicitudes, y la actividad principal del establecimiento para el cual se solicita la subvención, ha de corresponderse con el CNAE09, División 47 «Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas».

PLAZO DE PRESENTACION.- Del 24 de Noviembre hasta el 26 de Diciembre, las solicitudes serán tramitada y se resolverán por concurrencia competitiva, es decir, se establece una prelación entre las distintas solicitudes presentadas, en función de una comparación previa de las mismas de acuerdo con unos criterios de valoración establecidos previamente en las bases reguladoras. Finalmente los créditos disponibles serán atribuidos a los solicitantes en el orden de prelación fijado y hasta que se agoten los fondos.
Una vez valorados los proyectos y publicada la propuesta provisional de Resolución, en el plazo se 10 días, ha de aportarse el formulario, ANEXO II de la convocatoria acompañando la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos y condiciones para ser beneficiaria.

LUGAR DE PRESENTACION.-
• Preferentemente en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:

• También en el resto de lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
DOCUMENTACION.- La documentación a presentar junto con el formulario es:

1. ACREDITACIÓN PERSONALIDAD:

Copia DNI (en caso de persona física y que no autorice a la administración a consultarlo).
Tarjeta de identificación fiscal (NIF) (en caso de persona jurídica).
Escritura de constitución y estatutos de la sociedad.

2. ACREDITACIÓN REPRESENTACIÓN:

Documento acreditativo de la representación legal.
Copia compulsada DNI del representante legal ( en caso de que no autorice a la administración a consultar).

3. CONDICIÓN DE PYME:

Declaración sobre la información relativa a la condición de Pyme.
Certificado Importe neto cifra de negocios (AEAT).
Informe sobre número medio de trabajadores (TGSS).
Declaración IRPF (solo si el solicitante es persona física).
Declaración Impuesto de Sociedades (personas jurídicas).

4. ANTIGÜEDAD DEL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL:

Certificado de actividades económicas (AEAT).
Licencia municipal de apertura.

5. ACTIVIDAD PRINCIPAL DEL ESTABLECIMIENTO:

Certificado de vida laboral de empresa (TGSS) (si todas las actividades son comerciales, basta con este).
Declaración IRPF (solo si el solicitante es persona física y desarrolla otras actividades no comerciales).
Declaración Impuesto de Sociedades (personas jurídicas si desarrolla otras actividades no comerciales ).

6. TITULARIDAD CUENTA BANCARIA:
Certificado bancario acreditativo de la titularidad de la cuenta consignada en la solicitud (incluyendo IBAN).

7.PRESUPUESTO PROYECTOS:

Facturas proforma de los costes del proyecto.

8.CRITERIO CREACIÓN O MANTENIMIENTO DEL EMPLEO:

Informe afiliados en alta en un CCC (TGSS, )periodo 24 meses anteriores al inicio del plazo de presentación de solicitudes.

TC1 y TC2 últimos 24 meses (alternativo al anterior.)
Copia de los nuevos contratos en los últimos 12 meses y fotocopia DNI personas contratadas.

9.CRITERIO PERTENENCIA A UNA ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES:

Certificado expedido por persona competente de la Asociación de comerciantes.

10.CRITERIO PLAN IGUALDAD GÉNERO Copia del Plan orientado a la igualdad de género y no discriminación implantado.

11. CRITERIO INTEGRACIÓN PERSONAS CON DISCAPACIDAD:

Documentación acreditativa de la implantación de acciones para la integración de personas con discapacidad.

12. CRITERIO COMPROMISO MEDIOAMBIENTAL DE LOS PROYECTOS:

Documentación acreditativa del compromiso medioambiental de los proyectos.

http://www.juntadeandalucia.es/…/…/ayudas/detalle/78335.html

 

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