Desde que la semana pasada se diera a conocer la orden del Supremo de demoler todo el complejo turístico de la isla de Valdecañas en Extremadura, incluidas las construcciones salvadas en 2020 por el Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad (TSJEx) por el elevado coste de su derribo, han sido muchas las críticas a los ecologistas que han litigado contra este resort de lujo. ¿De verdad son ellos los malos? Si uno se lee el texto íntegro de la sentencia publicado, está claro que quienes quedan en evidencia en este enorme fiasco son otros: la Junta de Extremadura y el TSJEx.

Aquí algunas conclusiones de la resolución judicial del Tribunal Supremo que, aunque puedan parecer muy básicas, merece la pena destacar:

  • Los límites de los espacios protegidos de la Red Natura 2000 únicamente se pueden alterar cuando así lo justifiquen los cambios provocados en ellos por su evolución natural, científicamente demostrada, y después de que la modificación se haya sometido a información pública y haya sido aceptada por la Comisión Europea.
  • Es la Administración [y no los grupos ecologistas] la que debe actuar como garante del ordenamiento medioambiental y urbanístico, para asegurar la protección de estos espacios naturales.
  • Una sentencia de demolición no puede dejar de ejecutarse por detrimento grave a la Hacienda Pública cuando el fallo supusiera la condena a la Administración. En tal caso, podría acordarse la modalidad de pago que dé cumplimiento al fallo en la forma que resulte menos gravosa para el Tesoro público.

Esta sentencia resulta de gran importancia por lo que significa para otros casos similares. Esto es lo que hemos publicado sobre este asunto en la última semana:

Clemente Álvarez

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