{"id":2491,"date":"2015-06-21T09:23:53","date_gmt":"2015-06-21T09:23:53","guid":{"rendered":"http:\/\/miradordeatarfe.es\/?p=2491"},"modified":"2015-06-22T10:06:35","modified_gmt":"2015-06-22T10:06:35","slug":"el-gobierno-andaluz-da-luz-verde-a-dos-anteproyectos-de-ley-que-amplian-y-refuerzan-las-medidas-contra-los-desahucios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/?p=2491","title":{"rendered":"El Gobierno andaluz da luz verde a dos anteproyectos de ley que ampl\u00edan y refuerzan las medidas contra los desahucios"},"content":{"rendered":"<p>Las normas permitir\u00e1n a la Junta ejercer el derecho de compra preferente de las viviendas afectadas y crear nuevos instrumentos de arbitraje y protecci\u00f3n<!--more--><\/p>\n<div class=\"contenidos_nivel3 editor\">\n<div>\n<p>El Gobierno andaluz ha dado hoy luz verde a dos anteproyectos de ley que ampl\u00edan y refuerzan las medidas contra los desahucios en la comunidad aut\u00f3noma. Estas normas incorporan como principales novedades el ejercicio del derecho de compra preferente de las viviendas afectadas por parte de la Junta; la creaci\u00f3n de un tribunal espec\u00edfico de arbitraje para facilitar soluciones extrajudiciales, y el dise\u00f1o de un sistema integral de informaci\u00f3n y asesoramiento a las personas perjudicadas.<\/p>\n<p>La primera de estas medidas se regula en el anteproyecto de Ley de Retracto en Desahucio de Viviendas en Andaluc\u00eda, cuya tramitaci\u00f3n ha autorizado el Consejo de Gobierno. Las otras dos se incorporan al texto de la futura Ley de Protecci\u00f3n de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias en la Contrataci\u00f3n Hipotecaria de Vivienda, que ya fue remitido al Parlamento andaluz el pasado mes de enero pero no lleg\u00f3 a tramitarse. En este caso, el Consejo ha aprobado el anteproyecto con el mismo contenido y las modificaciones citadas, as\u00ed como su remisi\u00f3n al Consejo Consultivo de Andaluc\u00eda como paso previo a su aprobaci\u00f3n definitiva por el Ejecutivo y su posterior tramitaci\u00f3n parlamentaria.<\/p>\n<p>Las futuras leyes tendr\u00e1n como objetivos principales acabar con los abusos en las operaciones financieras relacionadas con las hipotecas; garantizar la protecci\u00f3n de las personas afectadas; facilitar la permanencia de las familias en sus viviendas, y asegurar que la ciudadan\u00eda conozca en todo momento los derechos que le corresponden, ante qu\u00e9 productos se encuentra y c\u00f3mo y d\u00f3nde puede hacer valer las garant\u00edas que ofrece la Administraci\u00f3n andaluza.<\/p>\n<p>Ambos textos completar\u00e1n el marco normativo de la lucha contra los desahucios en Andaluc\u00eda, que se inici\u00f3 con la Ley de la Funci\u00f3n Social de la Vivienda aprobada por la C\u00e1mara auton\u00f3mica y en vigor desde octubre de 2013. La norma se encuentra ahora parcialmente suspendida por el Tribunal Constitucional como consecuencia del recurso presentado por el Gobierno de Espa\u00f1a.<br \/>\nEsta producci\u00f3n legislativa, la m\u00e1s avanzada del conjunto de comunidades aut\u00f3nomas sobre la materia, permitir\u00e1 hacer frente a un problema que sigue teniendo una gran incidencia en Andaluc\u00eda. De acuerdo con los datos del Consejo General del Poder Judicial, los desahucios de inmuebles en la comunidad aumentaron durante 2014 un 11,6% respecto al ejercicio anterior y alcanzaron la cifra total de 10.344. El 51,1% de los mismos deriv\u00f3 de ejecuciones hipotecarias. Los practicados en el primer trimestre de este a\u00f1o sumaron 2.857, lo que supone un repunte del 8,5% respecto al mismo periodo de 2014.<\/p>\n<p><strong>Protecci\u00f3n de las familias<\/strong><br \/>\nEl anteproyecto de Ley de Retracto en Desahucio de Viviendas introduce como principal medida la de permitir al Gobierno andaluz el ejercicio del derecho de compra preferente de los inmuebles incluidos en procesos de ejecuci\u00f3n hipotecaria. Adem\u00e1s, modifica el r\u00e9gimen sancionador en materia de vivienda protegida para reforzar la protecci\u00f3n de las personas consumidoras en las operaciones de adquisici\u00f3n.<\/p>\n<p>La figura del retracto tiene como objetivos facilitar, mediante un alquiler social, la permanencia en sus hogares de las familias afectadas por desahucios. Con ello tambi\u00e9n se incrementa el parque p\u00fablico residencial de la Junta y se asegura una oferta suficiente de viviendas en manos de la Administraci\u00f3n, para personas en situaci\u00f3n de vulnerabilidad.<\/p>\n<p>El texto establece la creaci\u00f3n de unas \u00e1reas de retracto en las que la Junta podr\u00e1 intervenir y cuya delimitaci\u00f3n recoger\u00e1 el Plan Auton\u00f3mico de Vivienda. Estas zonas geogr\u00e1ficas se fijar\u00e1n en funci\u00f3n de la situaci\u00f3n econ\u00f3mica de las familias residentes, la demanda de vivienda, las caracter\u00edsticas de los inmuebles y la incidencia hist\u00f3rica de los desahucios en dichos \u00e1mbitos. Excepcionalmente y siempre que est\u00e9 debidamente justificado, se podr\u00e1 aplicar la f\u00f3rmula del retracto fuera de ellos.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el Plan Auton\u00f3mico de Vivienda se\u00f1alar\u00e1 los criterios socioecon\u00f3micos que deben cumplir las personas afectadas por un desahucio para activar la intervenci\u00f3n de la Administraci\u00f3n. Una vez ejercido el retracto, los afectados tendr\u00e1n preferencia de alquiler sobre el inmueble que ha sido su domicilio habitual.<\/p>\n<p>La Junta comenzar\u00e1 a ejercer el derecho de compra preferente al final del proceso de ejecuci\u00f3n hipotecaria, una vez comunicado el desalojo y concluida la subasta judicial de la vivienda y su adjudicaci\u00f3n. La medida se llevar\u00e1 a cabo en un periodo de 60 d\u00edas naturales contados a partir de la notificaci\u00f3n de la transmisi\u00f3n del inmueble al nuevo adjudicatario. En el caso de que se haya producido la subasta pero la familia todav\u00eda permanezca en el domicilio, dicho plazo se aplicar\u00e1 a partir del d\u00eda en que el juez determine la fecha de salida de los moradores del inmueble. Si la Administraci\u00f3n no tiene conocimiento de la orden de desahucio, podr\u00e1 realizar la compra en el momento en el que tenga constancia de la misma. Tras el retracto, la Junta tendr\u00e1 un mes para notificar la compra al Registro de la Propiedad.<\/p>\n<p>El anteproyecto de ley fija como precio de la vivienda la cantidad estipulada como valor de transmisi\u00f3n por el instructor judicial mediante resoluci\u00f3n. Adem\u00e1s de este importe, la Junta abonar\u00e1 los costes asociados a la operaci\u00f3n, salvo los derivados de la cancelaci\u00f3n de hipotecas, que deber\u00e1n ser asumidos por las entidades financieras.<\/p>\n<p>El nuevo marco normativo prev\u00e9 obligaciones de informaci\u00f3n y notificaci\u00f3n a la Junta para los estamentos y profesionales que intervienen en los procesos de desahucio. Los \u00f3rganos judiciales deber\u00e1n comunicar los documentos relativos a la transmisi\u00f3n de la vivienda en subasta judicial o las \u00f3rdenes de lanzamiento. Por su parte, los registradores de la propiedad tendr\u00e1n que informar del cambio de titularidad del inmueble y los notarios, de las operaciones de transmisi\u00f3n. Asimismo, las entidades financieras acreedoras del pr\u00e9stamo hipotecario asociado a estas viviendas tienen la obligaci\u00f3n de avisar de su adquisici\u00f3n para que se pueda ejercer el derecho de retracto. El anteproyecto reconoce tambi\u00e9n este derecho a los ayuntamientos, previo acuerdo con la Junta.<\/p>\n<p>Por otra parte, el texto incluye una modificaci\u00f3n de la Ley 13\/2005 de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo para reforzar la protecci\u00f3n de los adjudicatarios de los inmuebles mediante la ampliaci\u00f3n de los supuestos sancionadores. De este modo, introduce como sanci\u00f3n muy grave, con multas de entre 30.001 a 120.000 euros, la no devoluci\u00f3n por parte de los promotores de las cantidades entregadas a cuenta por los adjudicatarios en caso de resoluci\u00f3n del contrato de compraventa. Hasta ahora este supuesto no estaba tipificado como infracci\u00f3n.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n con el anteproyecto de Ley de Protecci\u00f3n de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias en la Contrataci\u00f3n Hipotecaria de Vivienda, su nueva redacci\u00f3n mantiene el contenido inicial y a\u00f1ade una serie de medidas de refuerzo dirigidas a facilitar soluciones extrajudiciales a los desahucios y dise\u00f1ar un sistema integral de informaci\u00f3n y asesoramiento a las personas afectadas.<br \/>\nEl texto prev\u00e9 la creaci\u00f3n de una secci\u00f3n espec\u00edfica en la Junta Arbitral de Consumo de Andaluc\u00eda, con la denominaci\u00f3n de Tribunal Arbitral Andaluz para Ejecuciones Hipotecarias y Desahucios. A trav\u00e9s de este instrumento, las entidades que otorguen pr\u00e9stamos para adquisici\u00f3n de vivienda deber\u00e1n incluir en las condiciones generales o espec\u00edficas de contrataci\u00f3n la adhesi\u00f3n al Sistema Arbritral de Consumo de Andaluc\u00eda. Por su parte, las personas consumidoras y usuarias podr\u00e1n tener informaci\u00f3n sobre las empresas prestamistas registradas en el mismo.<\/p>\n<p>Se impulsar\u00e1 as\u00ed la mediaci\u00f3n extraprocesal previa o simult\u00e1nea con cualquier procedimiento de ejecuci\u00f3n judicial o notarial, a fin de lograr soluciones consensuadas para que las personas afectadas puedan mantener la propiedad de la vivienda y, subsidiariamente, la posibilidad de su uso.<\/p>\n<p><strong>Asesoramiento a los afectados<\/strong><br \/>\nEn la misma l\u00ednea de reforzar la defensa de los intereses de las personas consumidoras y usuarias, el nuevo texto incorpora tambi\u00e9n la creaci\u00f3n del sistema andaluz de informaci\u00f3n y asesoramiento integral en materia de desahucios. De este instrumento podr\u00e1n hacer uso todas aquellas personas afectadas por procedimientos de este tipo relativos a vivienda habitual y permanente, tanto en los casos de ejecuci\u00f3n hipotecaria como en los supuestos de impago de las rentas de alquiler.<\/p>\n<p>El sistema prestar\u00e1 atenci\u00f3n singularizada y prioritaria a colectivos en situaci\u00f3n de emergencia social y econ\u00f3mica, como las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, las personas con dificultades por motivos de exclusi\u00f3n social y las que no pueden afrontar los pagos de las cuotas hipotecarias y de los contratos de arrendamiento por causas sobrevenidas.<\/p>\n<p>Independientemente de estas novedades, el nuevo anteproyecto mantiene el contenido del texto que ya fue remitido al Parlamento de Andaluc\u00eda el pasado mes de enero. Sus principales objetivos se dirigen a acabar con los abusos en estas operaciones financieras relacionadas con las hipotecas y asegurar que la ciudadan\u00eda conozca en todo momento los derechos que le corresponden, ante qu\u00e9 productos se encuentra y c\u00f3mo y d\u00f3nde puede hacer valer las garant\u00edas que ofrece la Administraci\u00f3n andaluza.<\/p>\n<p>El texto establece medidas frente a las cl\u00e1usulas abusivas partiendo del respeto a la legislaci\u00f3n estatal en la materia. Impone nuevos deberes a las empresas prestamistas y garantiza derechos en materia de informaci\u00f3n y transparencia para las personas prestatarias. Asimismo, incrementa la transparencia de las comunicaciones comerciales y la publicidad, y establece la elaboraci\u00f3n del \u2018Contrato Hipotecario de Confianza\u2019 con la garant\u00eda de la Junta y de las asociaciones de consumidores.<\/p>\n<p>Informaci\u00f3n previa<br \/>\nEn el primero de estos \u00e1mbitos, se ampl\u00eda la informaci\u00f3n previa al contrato y la personalizada. Para hacer efectiva la medida, la norma andaluza crear\u00e1 dos nuevos documentos adicionales a los exigidos por la normativa estatal: el de Informaci\u00f3n Precontractual Complementaria y el de Informaci\u00f3n Personalizada Complementaria, que, entre otros contenidos, recoger\u00e1 una tabla de oscilaciones de los tipos de inter\u00e9s. Los datos de relevancia precontractual deber\u00e1n estar disponibles para el consumidor en la web o en las oficinas de la entidad financiera, sin que sea preciso solicitarlos.<\/p>\n<p>Respecto a la publicidad y comunicaciones comerciales, se establece la obligaci\u00f3n de facilitar informaci\u00f3n b\u00e1sica en el caso de que se indique un tipo de inter\u00e9s. Para que puedan compararse ofertas de diferentes entidades, se tomar\u00e1 como referencia una hipoteca de 150.000 euros a 25 a\u00f1os. Asimismo, las entidades deber\u00e1n advertir de la existencia de cl\u00e1usulas suelo y techo, del posible riesgo de perder la vivienda en caso de incumplimientos, de si la garant\u00eda alcanza al resto de bienes del consumidor y de si las condiciones ofertadas est\u00e1n vinculadas a la contrataci\u00f3n de servicios adicionales.<\/p>\n<p>Las medidas para aumentar la transparencia en la informaci\u00f3n se completan con la creaci\u00f3n del \u00cdndice de Documentos de Entrega Preceptiva, en el que se relacionar\u00e1 toda la documentaci\u00f3n que las empresas prestamistas deben poner a disposici\u00f3n del consumidor hasta que suscriba el cr\u00e9dito, as\u00ed como la efectivamente entregada.<\/p>\n<p>Igualmente novedoso es el reconocimiento de la persona avalista como sujeto protegido, lo que supone que tendr\u00e1 acceso a la misma informaci\u00f3n que quien suscribe el pr\u00e9stamo, adem\u00e1s de recibir notificaci\u00f3n de cualquier cambio que se produzca una vez cerrada la operaci\u00f3n. Para ello, las entidades deber\u00e1n contar en cada oficina con un servicio telef\u00f3nico gratuito y una persona responsable de informar a los interesados.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n tanto al avalista como al consumidor, la norma tambi\u00e9n fija la obligaci\u00f3n de realizar una evaluaci\u00f3n de la solvencia e informarles gratuitamente de su resultado por escrito y en un plazo de cinco d\u00edas h\u00e1biles. La persona interesada podr\u00e1 solicitar que se revise la evaluaci\u00f3n en caso de que detecte alg\u00fan error o se le haya denegado el pr\u00e9stamo. Las personas consumidoras y usuarias tendr\u00e1n derecho a aportar la tasaci\u00f3n del bien inmueble siempre que sea certificada por un tasador homologado de conformidad con la Ley del Mercado Hipotecario y no est\u00e9 caducada.<\/p>\n<p><strong>M\u00e1s protecci\u00f3n y transparencia<\/strong><\/p>\n<p>En cuanto a los productos o servicios accesorios (como seguros de vida o de la propia casa), la norma establece que no podr\u00e1 obligarse a suscribirlos si no se han solicitado. S\u00ed podr\u00e1n ofrecerse cuando conlleven mejoras en las condiciones del pr\u00e9stamo, en cuyo caso deber\u00e1 informarse por escrito de las alternativas si no se suscribe. La entidad tambi\u00e9n informar\u00e1 del precio de los mismos, que no podr\u00e1 superar el de mercado.<\/p>\n<p>La persona interesada tendr\u00e1 derecho a examinar y disponer de una copia de la escritura p\u00fablica en el despacho del notario. Esta documentaci\u00f3n contendr\u00e1 informaciones de relevancia econ\u00f3mica y financiera, que adem\u00e1s deber\u00e1n ser subsanadas en caso de que el interesado encuentre discrepancias. En este supuesto, y si la entidad no las corrige, la persona prestataria podr\u00e1 desistir de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Otra previsi\u00f3n destacada es la creaci\u00f3n, por parte de la consejer\u00eda competente en el \u00e1rea de consumo, del \u2018Contrato Hipotecario de Confianza\u2019, documento que se elaborar\u00e1 con la participaci\u00f3n voluntaria de las organizaciones de personas consumidoras y usuarias, empresariales y sociales m\u00e1s representativas del sector, as\u00ed como del Colegio Notarial de Andaluc\u00eda. Las entidades financieras podr\u00e1n utilizar este modelo de contrato, que supondr\u00e1 la garant\u00eda de la Junta y de las organizaciones de consumidores para que no se incluyan cl\u00e1usulas abusivas.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, el proyecto modifica y endurece el actual r\u00e9gimen sancionador recogido en la Ley de Defensa y Protecci\u00f3n de los Consumidores y Usuarios de Andaluc\u00eda. La norma introduce nuevas sanciones relacionadas con las obligaciones que impone e incrementa las cuant\u00edas vigente, especialmente las correspondientes a las infracciones muy graves, que podr\u00e1n alcanzar hasta el mill\u00f3n de euros y el d\u00e9cuplo del valor de los beneficios il\u00edcitos obtenidos o de los perjuicios causados por la infracci\u00f3n.<\/p>\n<\/div>\n<div class=\"capa_corte\"><\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las normas permitir\u00e1n a la Junta ejercer el derecho de compra preferente de las viviendas&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2492,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_coblocks_attr":"","_coblocks_dimensions":"","_coblocks_responsive_height":"","_coblocks_accordion_ie_support":"","jetpack_post_was_ever_published":false,"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":false,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"enabled":false},"version":2}},"categories":[15],"tags":[894,893,895],"class_list":["post-2491","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ultimas-noticias","tag-abusos","tag-deahucios","tag-retracto"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/miradordeatarfe.es\/wp-content\/uploads\/2015\/06\/STO.jpg?fit=309%2C163&ssl=1","jetpack_likes_enabled":true,"jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2491","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2491"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2491\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2493,"href":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2491\/revisions\/2493"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/2492"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2491"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2491"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2491"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}