{"id":30961,"date":"2019-05-04T11:00:03","date_gmt":"2019-05-04T09:00:03","guid":{"rendered":"http:\/\/miradordeatarfe.es\/?p=30961"},"modified":"2019-04-12T11:14:35","modified_gmt":"2019-04-12T09:14:35","slug":"qienes-son-electores-y-que-es-el-sufragio-universal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/?p=30961","title":{"rendered":"\u00bfQIENES SON ELECTORES Y QUE ES EL SUFRAGIO UNIVERSAL?"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\n\tEl derecho de sufragio es universal, libre, igual, directo y secreto.<\/h2>\n\n\n\n<p>\n\tNadie puede ser obligado o coaccionado bajo ning\u00fan pretexto en el ejercicio de su derecho de sufragio, ni a revelar su voto.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tPoseen el derecho de sufragio los espa\u00f1oles mayores de edad, inscritos en el Censo Electoral.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tCarecen del derecho de sufragio los condenados por sentencia judicial \nfirme a la pena principal o accesoria de privaci\u00f3n del derecho de \nsufragio durante el tiempo de su cumplimiento.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tToda persona podr\u00e1 ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, \nlibre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y \ncon los medios de apoyo que requiera.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\t<strong>Elecciones al Parlamento Europeo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEn las elecciones al Parlamento Europeo, gozan del derecho de sufragio \nactivo todas las personas residentes en Espa\u00f1a que, sin haber adquirido \nla nacionalidad espa\u00f1ola:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>\n\t\tTengan la condici\u00f3n de ciudadanos de la Uni\u00f3n Europea.<\/li><li>\n\t\tRe\u00fanan los requisitos para ser elector exigidos para los espa\u00f1oles.<\/li><li>\n\t\tGocen del derecho de sufragio activo en el Estado miembro de origen.<\/li><li>\n\t\tHayan manifestado su voluntad de ejercer el derecho de sufragio activo en Espa\u00f1a.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>\n\t<strong>Elecciones municipales<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEn las elecciones municipales gozan del derecho de sufragio activo los \nextranjeros residentes en Espa\u00f1a cuyos respectivos pa\u00edses permitan el \nvoto a los espa\u00f1oles en dichas elecciones, en los t\u00e9rminos de un \nTratado. Actualmente, estos pa\u00edses son:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>\n\t\tBolivia<\/li><li>\n\t\tCabo Verde<\/li><li>\n\t\tChile<\/li><li>\n\t\tColombia<\/li><li>\n\t\tCorea<\/li><li>\n\t\tEcuador<\/li><li>\n\t\tIslandia<\/li><li>\n\t\tNoruega<\/li><li>\n\t\tNueva Zelanda<\/li><li>\n\t\tParaguay<\/li><li>\n\t\tPer\u00fa<\/li><li>\n\t\tTrinidad y Tobago<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>\n\tAsimismo, gozan del derecho de sufragio activo todas las personas \nresidentes en Espa\u00f1a que, sin haber adquirido la nacionalidad espa\u00f1ola:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>\n\t\tTengan la condici\u00f3n de ciudadanos de la Uni\u00f3n Europea.<\/li><li>\n\t\tRe\u00fanan los requisitos para ser elector exigidos para los espa\u00f1oles.<\/li><li>\n\t\tHayan manifestado su voluntad de ejercer el derecho de sufragio activo en Espa\u00f1a.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"Consultas a la Administraci\u00f3n Electoral\">Consultas a la Administraci\u00f3n Electoral<\/h4>\n\n\n\n<p>\n\tLos electores deber\u00e1n formular sus consultas a la Junta Electoral de Zona que corresponda a su lugar de residencia.<\/p>\n\n\n\n<p> M\u00e1s informaci\u00f3n: <\/p>\n\n\n\n<p><strong>ATARFE<\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong>Junta Electoral de Zona de&nbsp;GRANADA<\/strong>Complejo Advo. La Caleta-Juzgados, Av. del Sur 3 y 5, 18014Fax:&nbsp;958028684<\/li><\/ul>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"Ejercicio del voto en la Mesa Electoral\">Ejercicio del voto en la Mesa Electoral<\/h4>\n\n\n\n<p>\n\tEl derecho de sufragio se ejerce personalmente en la Secci\u00f3n en la que \nel elector se halle inscrito seg\u00fan el Censo y en la Mesa Electoral que \nle corresponda.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEste derecho se acredita por la inscripci\u00f3n en las listas del Censo o por certificaci\u00f3n censal espec\u00edfica.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEl elector debe identificarse en la Mesa Electoral&nbsp; mediante el \nDocumento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir en que \naparezca la fotograf\u00eda del titular o, adem\u00e1s, trat\u00e1ndose de extranjeros,\n con la tarjeta de residencia.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tLos electores se acercar\u00e1n a la Mesa de uno en uno, despu\u00e9s de haber \npasado, si as\u00ed lo deseasen, por la cabina que estar\u00e1 situada en la misma\n habitaci\u00f3n, en un lugar intermedio entre la entrada y la Mesa \nElectoral.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tDentro de la cabina el votante podr\u00e1 elegir las papeletas electorales e introducirlas en los correspondientes sobres.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEn la Mesa correspondiente cada elector manifestar\u00e1 su nombre y \napellidos al Presidente. Los Vocales e interventores comprobar\u00e1n, por el\n examen de las listas del Censo electoral o de las certificaciones \naportadas, el derecho a votar del elector, as\u00ed como su identidad.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tInmediatamente el elector entregar\u00e1 por su propia mano al Presidente el\n sobre o sobres de votaci\u00f3n cerrados. A continuaci\u00f3n, \u00e9ste, sin \nocultarlos ni un momento a la vista del p\u00fablico, dir\u00e1 en voz alta el \nnombre del elector y, a\u00f1adiendo \u201cVota\u201d, entregar\u00e1 el sobre o sobres al \nelector quien los depositar\u00e1 en la urna o urnas.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tNadie podr\u00e1 votar m\u00e1s de una vez en las mismas elecciones.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tNadie puede ser obligado o coaccionado bajo ning\u00fan pretexto en el ejercicio de su derecho de sufragio, ni a revelar su voto.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEl elector podr\u00e1 solicitar un justificante acreditativo de haber \nejercido su derecho de sufragio en la Mesa Electoral en el momento en \nque deposite su voto en la urna o en la Junta Electoral de Zona \ncorrespondiente.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"Voto por correspondencia\">Voto por correspondencia<\/h4>\n\n\n\n<p>\n\tLos electores que prevean que en la fecha de la votaci\u00f3n no se hallar\u00e1n\n en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho de voto, o que\n no puedan personarse ante la Mesa Electoral, pueden emitir su voto por \ncorreo, previa solicitud a la Delegaci\u00f3n Provincial de la Oficina del \nCenso Electoral.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tUna vez solicitado el voto por correspondencia no es posible votar personalmente en la Mesa Electoral.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\t<strong>Solicitud del voto por correspondencia<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEl voto por correspondencia se solicita en cualquier oficina del \nServicio de Correos desde la convocatoria y hasta el d\u00e9cimo d\u00eda anterior\n a la votaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEl elector debe personarse en la oficina de Correos con su Documento Nacional de Identidad (original, no se admite fotocopia).<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEn caso de enfermedad o incapacidad que impida al elector personarse en\n la oficina de Correos, otra persona autorizada notarial o \nconsularmente, puede actuar en nombre del elector. Esta circunstancia \ndebe acreditarse:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>\n\t\tCertificaci\u00f3n m\u00e9dica oficial y gratuita que acredite la enfermedad o incapacidad del elector.<\/li><li>\n\t\tDocumento notarial o consular por el que se autoriza a una persona a \nactuar en nombre del elector. Una misma persona no puede representar a \nm\u00e1s de un elector.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>\n\t<strong>Procedimiento del voto por correspondencia<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEl elector recibir\u00e1 por correo certificado, en el domicilio que hubiere\n se\u00f1alado o, en su defecto, al que figure en el Censo, las papeletas y \nsobres electorales, junto con el certificado de la Delegaci\u00f3n Provincial\n de la Oficina del Censo Electoral, y un sobre con la direcci\u00f3n de la \nMesa Electoral donde le corresponde votar. Recibir\u00e1 adem\u00e1s una hoja \nexplicativa de este procedimiento.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEl aviso de recibo acreditativo de la recepci\u00f3n de la documentaci\u00f3n \ndeber\u00e1 ser firmado personalmente por el interesado previa acreditaci\u00f3n \nde su identidad.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tSi no estuviera en su domicilio se le comunicar\u00e1 que deber\u00e1 personarse \npor s\u00ed o a trav\u00e9s de la persona autorizada mediante el procedimiento \nindicado en el apartado anterior, en la oficina de Correos \ncorrespondiente para, previa acreditaci\u00f3n, recibir la documentaci\u00f3n para\n el voto por correo.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tUna vez escogida la papeleta de voto, la introducir\u00e1 en el sobre de votaci\u00f3n y lo cerrar\u00e1. Si hubiera varias elecciones convocadas deber\u00e1 proceder del mismo modo para cada una de ellas. En este sobre s\u00f3lo debe introducirse la papeleta escogida.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEl sobre o sobres de votaci\u00f3n cerrados y el certificado se introducir\u00e1n en el sobre dirigido a la Mesa Electoral.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEste sobre lo remitir\u00e1 por correo certificado antes del tercer d\u00eda \nprevio al de la celebraci\u00f3n de las elecciones. No necesita franqueo.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"Voto de personas que viven en el extranjero (C.E.R.A.)\">Voto de personas que viven en el extranjero (C.E.R.A.)<\/h4>\n\n\n\n<p>\n\tLos espa\u00f1oles que viven en el extranjero inscritos en el Censo de los \nElectores Residentes-Ausentes (C.E.R.A.), pueden ejercer su derecho de \nsufragio en las elecciones siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>\n\t\tParlamento Europeo (cuando se opte por la elecci\u00f3n en Espa\u00f1a).<\/li><li>\n\t\tCongreso de los Diputados y Senado.<\/li><li>\n\t\tAsambleas Legislativas de las Comunidades Aut\u00f3nomas.<\/li><li>\n\t\tAsambleas de las Ciudades Aut\u00f3nomas de Ceuta y Melilla.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>\n\t<strong>Solicitud del voto C.E.R.A.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\n\tLos espa\u00f1oles inscritos en el C.E.R.A. deben formular su solicitud \nmediante impreso oficial, dirigida a la Delegaci\u00f3n Provincial de la \nOficina del Censo Electoral, debiendo optar entre el voto por \ncorrespondencia o el dep\u00f3sito del voto en la urna entregando los sobres \nen las Oficinas o Secciones Consulares en las que est\u00e9n inscritos, o en \nlos lugares que a tal efecto se habiliten para ello.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEl impreso oficial estar\u00e1 disponible en las dependencias consulares \ndesde el d\u00eda siguiente a la convocatoria, y podr\u00e1 obtenerse adem\u00e1s por \nv\u00eda telem\u00e1tica.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tDicho impreso deber\u00e1 ir acompa\u00f1ado de la fotocopia del pasaporte o del \nDocumento Nacional de Identidad del elector, expedido por las \nautoridades espa\u00f1olas. En su defecto, podr\u00e1 acompa\u00f1arse de certificaci\u00f3n\n de nacionalidad o de inscripci\u00f3n en el Registro de Matr\u00edcula Consular \nexpedida por el Consulado de Espa\u00f1a en el pa\u00eds de residencia.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEl elector recibir\u00e1 la siguiente documentaci\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>\n\t\tPapeletas.<\/li><li>\n\t\tSobre o sobres de votaci\u00f3n.<\/li><li>\n\t\tDos certificados id\u00e9nticos de estar inscrito en el C.E.R.A.<\/li><li>\n\t\tUn sobre dirigido a la Junta Electoral competente.<\/li><li>\n\t\tUn sobre dirigido a la Oficina Consular de Carrera o Secci\u00f3n Consular de la Misi\u00f3n Diplom\u00e1tica en la que est\u00e1 inscrito.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>\n\t<strong>Procedimiento del voto C.E.R.A. (opci\u00f3n de voto por correspondencia)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEl elector introducir\u00e1 la papeleta que escoja en el sobre de votaci\u00f3n y lo cerrar\u00e1.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEn el sobre dirigido a la Junta Electoral introducir\u00e1 el sobre de \nvotaci\u00f3n cerrado, uno de los certificados de inscripci\u00f3n en el C.E.R.A.,\n y fotocopia del pasaporte o del Documento Nacional de Identidad del \nelector, expedido por las autoridades espa\u00f1olas, o en su defecto, \ncertificaci\u00f3n de nacionalidad o de inscripci\u00f3n en el Registro de \nMatr\u00edcula Consular expedida por el Consulado de Espa\u00f1a en el pa\u00eds de \nresidencia.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEste sobre, a su vez, deber\u00e1 introducirlo en el sobre dirigido a la \nOficina Consular de Carrera o Secci\u00f3n Consular de la Misi\u00f3n Diplom\u00e1tica a\n la que el elector est\u00e9 adscrito, y remitirlo por correo certificado no \nm\u00e1s tarde del quinto d\u00eda anterior al d\u00eda de la elecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\t<strong>Procedimiento del voto C.E.R.A. (opci\u00f3n de dep\u00f3sito del voto en urna)<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEl dep\u00f3sito del voto en urna se realizar\u00e1 entre el cuarto y segundo \nd\u00eda, ambos inclusive, anteriores al d\u00eda de la elecci\u00f3n entregando \npersonalmente los sobres en la Oficina o Secci\u00f3n Consular en la que est\u00e9\n inscrito el elector, o en los lugares habilitados a tal efecto.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tEl elector acreditar\u00e1 su identidad ante el funcionario consular \nmediante el pasaporte, Documento Nacional de Identidad, expedido por las\n autoridades espa\u00f1olas, o en su defecto, certificaci\u00f3n de nacionalidad o\n de inscripci\u00f3n en el Registro de Matr\u00edcula Consular expedida por el \nConsulado de Espa\u00f1a en el pa\u00eds de residencia.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tDeber\u00e1 tambi\u00e9n entregar uno de los certificados de inscripci\u00f3n en el C.E.R.A.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tFinalmente depositar\u00e1 el sobre dirigido a la Junta Electoral competente\n para su escrutinio, que deber\u00e1 ser previamente sellado por el \nfuncionario consular para que conste la fecha en que se realiza el \ndep\u00f3sito.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"Voto de espa\u00f1oles que se encuentran temporalmente en el extranjero\">Voto de espa\u00f1oles que se encuentran temporalmente en el extranjero<\/h4>\n\n\n\n<p>\n\tPueden acogerse a este procedimiento los electores que re\u00fanan los siguientes requisitos:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>\n\t\tEncontrarse temporalmente fuera del territorio nacional una vez \nconvocadas las elecciones y que se prevea permanecer en esta situaci\u00f3n \nhasta el d\u00eda de la votaci\u00f3n.<\/li><li>\n\t\tFigurar inscritos en el Registro de Matr\u00edcula Consular como residentes.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"Elecciones municipales\">Elecciones municipales<\/h4>\n\n\n\n<p>\n\tEn el caso de elecciones municipales, incluidas las elecciones a \nCabildos, a Consejos Insulares, al Consejo General del Valle de Ar\u00e1n y a\n Juntas Generales es indispensable para su ejercicio figurar inscrito en\n el Censo de Espa\u00f1oles Residentes en Espa\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tSin perjuicio de lo anterior, gozan del derecho de sufragio activo en \nlas elecciones municipales los residentes extranjeros en Espa\u00f1a cuyos \nrespectivos pa\u00edses permitan el voto a los espa\u00f1oles en dichas \nelecciones, en los t\u00e9rminos de un Tratado (Bolivia, Cabo Verde, Chile, \nColombia, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay y Per\u00fa.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\tAsimismo, gozan del derecho de sufragio activo en las elecciones \nmunicipales todas las personas residentes en Espa\u00f1a que, sin haber \nadquirido la nacionalidad espa\u00f1ola:<\/p>\n\n\n\n<p>\n\t&#8211; Tengan la condici\u00f3n de ciudadanos de la Uni\u00f3n Europea seg\u00fan lo \nprevisto en el p\u00e1rrafo 2 del apartado 1 del art\u00edculo 8 del Tratado \nConstitutivo de la Comunidad Europea.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\t&#8211; Re\u00fanan los requisitos para ser elector exigidos en la Ley Org\u00e1nica \ndel R\u00e9gimen Electoral General para los espa\u00f1oles y hayan manifestado su \nvoluntad de ejercer el derecho de sufragio activo en Espa\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\" id=\"Elecciones al Parlamento Europeo\">Elecciones al Parlamento Europeo<\/h4>\n\n\n\n<p>\n\tEn las elecciones al Parlamento Europeo, adem\u00e1s de los electores \nespa\u00f1oles, gozan del derecho de sufragio activo todas las personas \nresidentes en Espa\u00f1a que, sin haber adquirido la nacionalidad espa\u00f1ola:<\/p>\n\n\n\n<p>\n\t&#8211; Tengan la condici\u00f3n de ciudadanos de la Uni\u00f3n Europea seg\u00fan lo \nprevisto en el p\u00e1rrafo 2 del apartado 1 del art\u00edculo 8 del Tratado \nConstitutivo de la Comunidad Europea.<\/p>\n\n\n\n<p>\n\t&#8211; Re\u00fanan los requisitos para ser elector exigidos en la Ley Org\u00e1nica \ndel R\u00e9gimen Electoral General para los espa\u00f1oles y gocen del derecho de \nsufragio activo en el Estado miembro de origen. Para que un ciudadano, \nno espa\u00f1ol, de la Uni\u00f3n Europea pueda ejercer el derecho de sufragio \nactivo en Espa\u00f1a, deber\u00e1 haber optado previamente en tal sentido.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El derecho de sufragio es universal, libre, igual, directo y secreto. 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