{"id":51181,"date":"2021-12-26T10:44:54","date_gmt":"2021-12-26T09:44:54","guid":{"rendered":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/?p=51181"},"modified":"2021-12-25T18:58:26","modified_gmt":"2021-12-25T17:58:26","slug":"patronal-y-sindicatos-creen-que-han-salido-ganando-con-el-acuerdo-con-el-gobierno-para-la-reforma-laboral","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/miradordeatarfe.es\/?p=51181","title":{"rendered":"Patronal y sindicatos creen que han salido ganando con el acuerdo con el Gobierno para la reforma laboral"},"content":{"rendered":"<h2 class=\"articulo-subtitulo\" style=\"text-align: justify;\">Las medidas ponen coto al abuso de temporalidad. El convenio colectivo sectorial ser\u00e1 el de referencia salarial<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ha costado, pero al final el Gobierno ha logrado sacar adelante la modernizaci\u00f3n del mercado de trabajo que persegu\u00eda y a la que se hab\u00eda comprometido con Bruselas como hito imprescindible para desembolsar los siguientes 12.000 millones de euros del fondo de recuperaci\u00f3n. Y, lo m\u00e1s importante, lo ha logrado con el aval patronal y sindical, que era lo m\u00e1s dif\u00edcil, aunque para ello todas las partes, incluido el Gobierno \u2013sobre todo la parte de Unidas Podemos\u2013, han tenido que dejarse pelos en la gatera durante el proceso negociador, como suele reconocerse siempre en estos casos. Pese a ello, el jueves todos pensaban que hab\u00edan ganado con lo acordado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tras m\u00e1s de un a\u00f1o de, seg\u00fan los momentos, tensas negociaciones, los empresarios fueron los primeros en dar el visto bueno a las l\u00edneas generales de la \u00faltima propuesta consensuada el mi\u00e9rcoles por la noche. El comit\u00e9 ejecutivo de CEOE-Cepyme lo aprobaba con una mayor\u00eda de votos a favor, cuatro abstenciones (Foment del Traball, CEIM, Anfac y Asaja) y ning\u00fan voto en contra. Posteriormente se mostraban muy satisfechos con el resultado del acuerdo porque \u201cconsolida el modelo laboral actual, que ha permitido incrementar la productividad de las empresas, asegurar su competitividad y contribuir al crecimiento del empleo\u201d.<\/p>\n<div id=\"_wmass_29739999997615814\" style=\"text-align: justify;\">\n<div id=\"jw-1581415814\" class=\"jwplayer jw-reset jw-state-playing jw-stretch-uniform jw-flag-aspect-mode jw-flag-controls-hidden jw-flag-outstream jw-breakpoint-3 jw-flag-ads\" tabindex=\"0\" role=\"application\" aria-label=\"Reproductor de Video\">\n<div class=\"jw-wrapper jw-reset\">\n<div class=\"wm-publi\">En concreto, el acuerdo mantiene intactos los mecanismos de flexibilidad interna que garantizan la adaptabilidad de las empresas a las circunstancias, explicaban en referencia a que han logrado que se deje fuera de la reforma el art\u00edculo 41 del Estatuto de los Trabajadores que desde la reforma de 2012 da m\u00e1s poder unilateral al empresario para hacer modificaciones sustanciales de las condiciones laborales de la plantilla. Y a\u00f1ad\u00edan que el texto pactado \u201casegura la libertad de empresa y la seguridad jur\u00eddica y contribuye a la paz social\u201d.<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<section id=\"sumario_1|apoyos\" class=\"sumario_puntosclave centro\">\n<div class=\"sumario__interior\">\n<header class=\"sumario-encabezado\"><\/header>\n<div class=\"sumario-texto\">\n<div class=\"apoyos\">\n<p>Sin embargo, la ministra de Trabajo, Yolanda D\u00edaz, pensaba todo lo contrario a los empresarios que defend\u00edan que, en el fondo, las partes de la reforma de 2012 que permitieron crear empleo no se han tocado. As\u00ed, D\u00edaz aseguraba en Twitter que la reforma dar\u00e1 paso a \u201cuna nueva legislaci\u00f3n laboral que recupera derechos en favor del trabajo decente\u201d. Pero tambi\u00e9n los sindicatos estaban contentos con el resultado. \u201cPor primera vez en democracia se acomete una modificaci\u00f3n del calado que supone este acuerdo, no a favor de las pretensiones de la empresa, sino de la clase trabajadora. Aqu\u00ed recuperamos derechos\u201d, aseguraban ayer CC OO y UGT en un comunicado conjunto tras avalar tambi\u00e9n el pacto.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/section>\n<p style=\"text-align: justify;\">El documento que ha sido consensuado, y al que ha tenido acceso CincoD\u00edas, incluye un gran paquete que cambia los esquemas de la contrataci\u00f3n en Espa\u00f1a con el fin de luchar contra el abuso de la temporalidad y la rotaci\u00f3n en el empleo. Estas son las principales medidas pactadas en esta materia:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Contrataci\u00f3n y temporalidad.<\/strong>\u00a0La ley dir\u00e1 que todos los contratos son indefinidos salvo dos modalidades temporales: \u201cEl contrato de trabajo de duraci\u00f3n determinada solo podr\u00e1 celebrarse por circunstancias de la producci\u00f3n o por sustituci\u00f3n de persona trabajadora\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El nuevo contrato eventual general por circunstancias de la producci\u00f3n podr\u00e1 realizarse cuando la empresa registre \u201cun incremento ocasional e imprevisible y las oscilaciones que, aun trat\u00e1ndose de actividad normal de la empresa, generan un desajuste temporal entre el empleo estable disponible y el que se requiere\u201d. Esto incluye las situaciones \u201cderivadas de las vacaciones anuales\u201d, una concesi\u00f3n a los empresarios que no exist\u00eda en el inicio de la negociaci\u00f3n.<\/p>\n<blockquote>\n<p>Los contratos ser\u00e1n fijos salvo los temporales\u00a0por picos de producci\u00f3n<\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">La duraci\u00f3n del contrato no podr\u00e1 ser superior a seis meses, aunque \u201cpor convenio colectivo de \u00e1mbito sectorial\u201d se podr\u00e1 ampliar la duraci\u00f3n m\u00e1xima del contrato hasta un a\u00f1o. Si el contrato no llega a la duraci\u00f3n m\u00e1xima legal podr\u00e1 prorrogarse una sola vez hasta cumplir dicho l\u00edmite. Las empresas solo podr\u00e1n utilizar este contrato un m\u00e1ximo de \u201c90 d\u00edas en el a\u00f1o natural, independientemente de las personas trabajadoras que sean necesarias para atender en cada uno de dichos d\u00edas las concretas situaciones, que deber\u00e1n estar debidamente identificadas en el contrato\u201d, precisa el texto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adem\u00e1s, tal y como exig\u00edan los sindicatos, \u201cno podr\u00e1 identificarse como causa de este contrato la realizaci\u00f3n de los trabajos en el marco de contratas, subcontratas o concesiones administrativas que constituyan la actividad habitual u ordinaria de la empresa\u201d. Y tambi\u00e9n se establecen l\u00edmites a la concatenaci\u00f3n de estos contratos temporales: si una persona est\u00e1 contratada 18 meses, seguidos o no, para el mismo o diferente puesto de trabajo en la misma empresa o grupo mediante dos o m\u00e1s contratos por circunstancias de la producci\u00f3n (directamente o a trav\u00e9s de ETT), adquirir\u00e1n la condici\u00f3n de personas trabajadoras fijas. El texto refuerza tambi\u00e9n la figura del contrato fijo-discontinuo<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Sanciones<\/strong>. El Ministerio de Trabajo tambi\u00e9n ha logrado sacar adelante un aumento de las sanciones por la utilizaci\u00f3n fraudulenta de los contratos temporales, elevando estas multas en su grado m\u00e1ximo de 7.500 a 10.000 euros. El incumplimiento de la nueva normativa sobre contrataci\u00f3n temporal har\u00e1 fijos a los trabajadores afectados. Adem\u00e1s, \u201cse considerar\u00e1 una infracci\u00f3n por cada persona contratada\u201d como ped\u00edan los sindicatos. Los contratos temporales actuales que est\u00e9n vigentes cuando entre en vigor el real decreto seguir\u00e1n hasta la duraci\u00f3n m\u00e1xima de la ley actual.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Nuevo contrato fijo para la construcci\u00f3n.<\/strong>\u00a0Con la reforma desaparecer\u00e1 el contrato temporal de obra o servicio, que ser\u00e1 sustituido solo para el sector de la construcci\u00f3n por un nuevo contrato indefinido de obra, cuya diferencia respecto al resto es que \u201cpodr\u00e1n extinguirse por motivos inherentes a la persona trabajadora\u201d. Cuando finalice la obra la compa\u00f1\u00eda estar\u00e1 obligada a hacer una \u201cpropuesta de recolocaci\u00f3n\u201d al trabajador y formarle para ello si fuera necesario.<\/p>\n<blockquote>\n<p>La indemnizaci\u00f3n del nuevo contrato fijo de la construcci\u00f3n ser\u00e1 del 7% del salario<\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">Pero \u2013y esto es lo que ha hecho que los empresarios acepten este contrato\u2013 una vez hecha la propuesta de recolocaci\u00f3n la empresa podr\u00e1 extinguir el contrato por los siguientes motivos inherentes al trabajador o trabajadora (rechazo del empleado; falta de cualificaci\u00f3n pese a que haya sido formado; que la persona no sea adecuada a las nuevas obras que tenga la empresa en la misma provincia, entre otras). La indemnizaci\u00f3n que cobrar\u00e1 el trabajador ser\u00e1 del 7% de los conceptos salariales establecidos en las tablas del convenio colectivo de aplicaci\u00f3n, o la superior establecida por el Convenio General de la Construcci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Subcontrataci\u00f3n<\/strong>. La reforma dar\u00e1 una nueva redacci\u00f3n al art\u00edculo 42 del Estatuto de los Trabajadores que regula la subcontrataci\u00f3n de obras y servicios. En este punto, que ha sido uno de los que m\u00e1s ha costado cerrar, el texto refleja que el convenio colectivo \u201cser\u00e1 el de la actividad desarrollada, con independencia de su objeto social y forma jur\u00eddica, salvo que exista otro convenio sectorial aplicable\u201d. Cuando la empresa contratista o subcontratista cuente con un convenio propio ser\u00e1 este el que se aplique.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Ultraactividad.<\/strong>\u00a0Esta es una de las cuestiones que cre\u00f3 la reforma laboral de 2012 que quedar\u00e1n derogadas. As\u00ed, el nuevo texto legal establece que si terminado el tiempo de negociaci\u00f3n de un convenio sigue sin haber acuerdo, a pesar de que se intenten herramientas de intermediaci\u00f3n, se mantendr\u00e1 su vigencia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Convenio sectorial o de empresa.<\/strong>\u00a0La otra gran cuesti\u00f3n en materia de negociaci\u00f3n colectiva que se ha debatido en esta reforma es qu\u00e9 convenio colectivo deben usar las empresas. La reforma de 2012 impuso la prioridad aplicativa de los convenios de empresa frente a los sectoriales. Ahora se mantiene esta referencia salvo en lo salarial, donde la referencia ser\u00e1 el sectorial.<\/p>\n<blockquote>\n<p>Las exoneraciones de cuotas de los nuevos ERTE oscilar\u00e1n entre\u00a0el 20% y el 90%<\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Nuevos ERTE<\/strong>. Junto a los actuales ERTE por causas econ\u00f3micas, t\u00e9cnicas, organizativas o de producci\u00f3n, la ley crea un nuevo Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilizaci\u00f3n del Empleo. Se trata de una herramienta de flexibilidad interna que deber\u00e1 ser activada por el Consejo de Ministros para que las empresas, por crisis coyunturales macroecon\u00f3micas, o por crisis de un sector en concreto, puedan solicitar reducciones de jornada o suspensiones temporales de empleo. Este mecanismo llevar\u00e1 aparejadas la formaci\u00f3n del trabajador y exenciones de cotizaciones de entre el 20% y el 90%.<\/p>\n<section id=\"sumario_2|despiece\" class=\"sumario_despiece centro\">\n<div class=\"sumario__interior\">\n<header class=\"sumario-encabezado\">\n<h4 class=\"sumario-titulo\"><span class=\"sin_enlace\">LA LLAVE QUE DESBLOQUEA OTROS 12.000 MILLONES<\/span><\/h4>\n<\/header>\n<div class=\"sumario-texto\">\n<p><strong>Nuevas ayudas.<\/strong>\u00a0La importancia de cumplir con esta reforma ante Bruselas radica en que es la llave que servir\u00e1 para desbloquear un nuevo pago del fondo europeo de recuperaci\u00f3n de 12.000 millones en la primera parte de 2022. De momento, de los 69.000 millones de euros de transferencias directas que le corresponde a Espa\u00f1a, el pa\u00eds ya ha recibido un anticipo no sujeto a condiciones de 9.000 millones. Y esta misma semana ha recibido el visto bueno para otros 10.000 millones a cuenta de 52 hitos ya cumplidos. Espa\u00f1a ha sido el primer pa\u00eds en recibir este desembolso ya sujeto a condiciones.<\/p>\n<p><a title=\"Ver todas las noticias de Raquel Pascual Cort\u00e9s\" href=\"https:\/\/cincodias.elpais.com\/autor\/raquel_pascual_cortes\/a\/\"><strong>RAQUEL PASCUAL CORT\u00c9S<\/strong><\/a><\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/section>\n<p>FOTO: <span class=\"foto-texto\">De izquierda a derecha: Antonio Garamendi, Pepe \u00c1lvarez, Yolanda D\u00edaz, Gerardo Cuerva y Unai Sordo. EFE<\/span>\u00a0<span class=\"foto-firma\"><span class=\"foto-autor\">EFE<\/span><\/span><\/p>\n<p>https:\/\/cincodias.elpais.com\/cincodias\/2021\/12\/24\/economia\/1640330939_218748.html<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las medidas ponen coto al abuso de temporalidad. 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