¿Espiamos a nuestros hijos en Internet?
¿Tienen los y las menores derecho a su intimidad?, ¿podemos los padres y madres entrar legalmente en ella y mirarles el móvil, entrar en sus redes sociales sin permiso? Veamos qué tenemos que tener en cuenta.
Estas cuestiones aún están lejos de tener una respuesta consensuada en nuestra sociedad. Hay quien entiende que los progenitores tienen un derecho absoluto a invadir la intimidad de sus hijos e hijas, tanto para protegerlos (y a veces sobreprotegerlos), como para fiscalizar todas sus acciones, cotillear sus conversaciones, o incluso para responder en su nombre…
Por otra parte, hay personas que defienden la necesidad de que los menores cuenten con la máxima protección de su privacidad, garantizando su derecho a la intimidad y al secreto de sus comunicaciones.
«Intimidad: “zona espiritual íntima y reservada de una persona”»
Ante esta disyuntiva, parece lógico pensar que debemos encontrar un punto medio que concilie tanto la protección de los derechos de los menores, como el permiso de los padres y madres para cumplir con su función de vigilancia parental.
En este sentido, la opinión de Emilio Calatayud, conocido Juez de Menores de Granada, parece bastante clara en esta entrevista «Hay que violar la intimidad de nuestros hijos» y en su propio blog «tenemos que espiar a nuestros hijos menores por su seguridad… y por la nuestra».
¿Pero… podemos tomar esas afirmaciones de manera categórica, sin más?
Patria potestad… vs derecho a la intimidad de los menores
Es cierto que padres y madres tienen una obligación moral y legal para con el cuidado y tutela de sus hijos e hijas. La patria potestad implica «Velar por ellos, educarlos y procurarles una formación integral», pero actuando «siempre en interés de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y respetando sus derechos».
En el caso que nos ocupa, espiar sus móviles y cuentas de redes sociales, debemos recordar que los y las menores tienen «derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen, a la inviolabilidad de la correspondencia y al secreto de las comunicaciones». Para acceder a sus mensajes, sería necesario su consentimiento, siempre que su grado de madurez sea suficiente (en general, así se podría considerar a partir de los 12 años de edad).
Por lo tanto, ante el posible conflicto se debe priorizar siempre el interés superior del menor, con lo que tendremos que valorar sus deseos, sentimientos y opiniones, así como tener en cuenta su edad y grado de madurez a la hora de garantizar que nuestras acciones sean adecuadas y proporcionadas.
Un ejemplo real
En este sentido es muy destacable la sentencia del Tribunal Supremo que avala el acceso de una madre a la cuenta de Facebook de su hija ante un caso de ciberacoso y grooming.
En el caso que se juzgaba, una madre había accedido sin permiso a la cuenta de Facebook de su hija tras tener conocimiento accidental de una conversación vía webcam de esta con un adulto desconocido que exhibía un comportamiento explícitamente sexual, por lo que sospechaba que su hija podía estar siendo víctima de un delito de grooming.
En la sentencia se plantea la patria potestad no como un elemento de poder de los padres y madres, sino como un deber de defensa de sus hijos e hijas. Así, ante un indicio de delito del cual la víctima era su hija, concluye que la acción de la madre es apropiada, pues no se puede obligar a los padres a velar por sus hijos menores y al mismo tiempo quitarles toda capacidad de control.
Así pues, no parece que sea lo mismo espiar las conversaciones de un hijo/a sin permiso cuando se sospecha que pueda estar siendo víctima o autor de un delito, o hacerlo de manera puntual y complementaria a una relación de confianza y comunicación familiar, que espiarles cotidianamente ante nuestra incapacidad para comunicarnos con ellos/as y sin respetar de ninguna manera su intimidad.
Herramientas de control parental
En el mercado se dispone de multitud de herramientas de control parental que ofrecen diversas funcionalidades como el control de tiempos, horarios, páginas web inapropiadas, geolocalización e incluso registro de actividades online. En este sentido, deberíamos aplicar los mismos criterios que hemos estado comentando de sentido común y proporcionalidad a la edad y madurez de nuestros hijos/as a la hora de activar y configurar sus diferentes funcionalidades.
Recordemos que estas herramientas pueden ser útiles para complementar la necesaria supervisión de padres y madres, pero nunca pueden sustituirla totalmente. Ninguna herramienta puede reemplazar la presencia, la comunicación, el apoyo y la orientación de un padre o una madre con sus hijos/as.
«Ninguna herramienta puede reemplazar la presencia y el apoyo de los padres»
Además es recomendable que si las vamos a utilizar, lo consensuemos o al menos comentemos con los y las menores, explicándoles los motivos que nos llevan a ello (por ejemplo ayudarles a estar más protegidos y seguros online), lo que esperamos por su parte (reglas de uso de dispositivos e Internet) y sin olvidar reforzar nuestro compromiso para ayudarles y estar a su lado si se encuentran con algún problema. Podemos ver un ejemplo de pacto familiar para el buen uso de una tableta.
¿Alternativas?, comunicación, confianza, educación
Posiblemente una de nuestras mejores herramientas para proteger a nuestros hijos e hijas es nuestro propio interés y compromiso con ellos y con estar al día de los riesgos de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Si…
- Hablamos con ellos/as habitualmente.
- Nos interesamos por escucharles.
- Desarrollamos una relación de confianza.
- Estamos a su lado en las dificultades, reaccionando con calma, sin exagerar.
- Prestamos atención a las noticias relacionadas con Internet, y las aprovechamos para charlar sobre los riesgos.
Entonces será más fácil que:
- Conozcamos mejor sus inquietudes.
- Seamos más conscientes de sus necesidades.
- Sepamos con quién se relacionan online.
- Estemos al día de los juegos, sitios web o canales de YouTube de moda en su entorno.
- Detectemos situaciones de riesgo o señales de alerta ante posibles problemas.
En resumen, la confianza cuesta mucho ganarla y cuidarla, pero merece la pena. En ella está la clave, tanto para que se sientan apoyados y se atrevan a acudir a nosotros a pedir ayuda, como para que nosotros seamos capaces de ir dándoles espacio para crecer. Es necesario que poco a poco vayamos potenciando su autonomía y responsabilidad a medida que van mostrando un mayor nivel de madurez.
«La confianza es la clave, debemos darles espacio para crecer»
En conclusión…
Entendemos que no podemos hablar de que los padres y madres tengamos un permiso absoluto para espiar los móviles y redes sociales de nuestros hijos e hijas menores sin su consentimiento. Sin embargo, hay determinados supuestos en los que «abusar de su confianza» puede estar justificado, por ejemplo ante una sospecha fundada de un delito o si se trata de menores sin la madurez suficiente (menores de 12 años).
En otros casos debemos guiarnos por las pautas mencionadas, aplicando el sentido común y la proporcionalidad. Si tenemos dudas, no está de más proponerles revisar juntos el móvil, echar un vistazo a los comentarios en redes sociales, o plantearles la instalación de una herramienta de control parental. Eso sí, trabajando y cuidando la comunicación familiar y la confianza mutua… cada día.