Los bancos deberán devolver todo lo cobrado por las ‘cláusulas suelo’
El Tribunal de la UE falla en contra del sistema financiero español, que debe retornar al menos 3.000 millones abonados por los hipotecados antes de 2013
Formidable varapalo judicial a la banca. Las entidades financieras españolas deberán devolver íntegramente el dinero cobrado por la aplicación de las cláusulas suelo en las hipotecas, que impiden que los clientes se beneficien de las rebajas de los tipos de interés. El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado hoy a favor de establecer una retroactividad total en la devolución de las cláusulas suelo. La factura para el sector financiero es tremenda, entre 3.000 y 5.000 millones de euros adicionales, y ha provocado un batacazo en Bolsa de los bancos más afectados. Apenas minutos después de la sentencia, las entidades sufrían ya fuertes caídas, de más del 6% en el caso del Banco Popular y el Sabadell.
La banca llevaba meses en vilo, a la espera de saber si tenía que devolver el dinero de las cláusulas suelo desde 2013 (cuando una sentencia de Supremo las declaró ilegales) o desde más atrás, desde 2009. La diferencia es enorme: entre 3.000 o 5.000 millones, según diferentes cálculos de los especialistas. El Banco de España estima el sobrecoste en algo más de 4.000 millones; Analistas Financieros Internacionales cree que será algo más, unos 4.500 millones. Solo para las entidades cotizadas, devolver el dinero que estaba en juego les supone una factura de más de 2.000 millones de euros, según los cálculos de EL PAÍS.
El caso viene de lejos. El 9 de mayo de 2013, el Tribunal Supremo declaró nulas las cláusulas abusivas por «falta de transparencia», aunque limitó las devoluciones hasta esa fecha para evitar una sacudida en el sector apenas unos meses después del multimillonario rescate de la UE. Varios juzgados acudieron al Tribunal de Justicia de la UE para preguntar si la retroactividad debía ser total: las cláusulas empezaron a activarse a partir de 2009, con la rebaja de índices hipotecarios como el euríbor, que algunos bancos nunca trasladaron a las hipotecas en virtud de la letra pequeña de los contratos. El abogado general de la UE se pronunció en julio a favor de los bancos: apuntó que las devoluciones podían tener límites temporales por las «repercusiones macroeconómicas asociadas»: por «circunstancias excepcionales», ante la posibilidad de alterar una vez más la estabilidad del sector financiero. La Corte de Luxemburgo echa por tierra esa argumentación. Y deja hoy claro que la banca debe devolver íntegramente el dinero (puedes leer aquí la sentencia completa), en lo que supone un revés formidable para el sector financiero.