23 diciembre 2024
«La Iglesia obtiene beneficios de colegios, guarderías, residencias, hoteles, aparcamientos y otros servicios de su propiedad, sin contribuir en ningún momento al bienestar común, en un país constitucionalmente aconfesional»

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea cree que las exenciones fiscales de las que disfruta la Iglesia Católica en España pueden ser ilegales. No es la primera vez que falla en este sentido. Ya ha condenado las inmatriculaciones, inscripciones de templos en el registro de la propiedad que la Iglesia realiza sigilosamente y sin pagar impuestos, un procedimiento que en 2006 le permitió registrar a su nombre la Mezquita de Córdoba por 30 euros. Ya sé que parece un chiste, o un panfleto, pero es la verdad.

Esta última sentencia coincide con la campaña publicitaria que nos anima a diario a marcar con una equis la financiación de la Iglesia en la declaración del IRPF, y con la campaña paralela de las instituciones benéficas confesionales que piden dos equis en lugar de una.

Objetivamente, se trata de que los ciudadanos que pagan impuestos contribuyan a sostener a una institución que no solamente no paga un céntimo, sino que compite en el mercado privado con otras empresas en condiciones incomparablemente ventajosas.

La Iglesia obtiene beneficios de colegios, guarderías, residencias, hoteles, aparcamientos y otros servicios de su propiedad, sin contribuir en ningún momento al bienestar común, en un país constitucionalmente aconfesional, donde se calcula que sólo uno de cada diez católicos declarados practica su religión y los matrimonios canónicos apenas superan el veinte por ciento del total. Pero las cifras que importan no son esas. Lo importante es que si la Iglesia Católica pagara impuestos, no se beneficiarían tantos. Nos beneficiaríamos todos.

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