A la hora de alquilar un inmueble hay dos decisiones principales: ¿Hacer o no contrato? ¿Declarar o no los ingresos? Las respuestas o decisiones que se tomen ante ambos interrogantes definirán nuestro éxito o fracaso legal y fiscal

Y es que, la Agencia Tributaria ha intensificado las inspecciones para detectar alquileres que no estén dentro del marco legal. El año pasado realizó 5.469 actuaciones presenciales de verificación formal destinadas a detectar alquileres en negro, lo que supone una caída del 26,2% en comparación con el ejercicio anterior (7.410 visitas). Hacienda sabe que las rentas del alquiler también intentan escapar a su control.

Los rendimientos obtenidos del alquiler de vivienda son importantes, y unos de los que más beneficios genera, por lo que no declarar conlleva una pérdida importante de beneficios fiscales, pago de sanciones e intereses que no compensan. Antes de tomar cualquier decisión, lo mejor es pedir consejo a un experto, y así evitar tomar decisiones que sean perjudiciales a la larga. Hay casos en los que, por simple desconocimiento se adoptan determinadas decisiones que no son las más acertadas. Por ello es importante informarse.

¿Qué ventajas conlleva declarar el alquiler?

Declarar las ganancias del alquiler supone obtener beneficios fiscales. En este caso, si el propietario alquila el inmueble con función de vivienda habitual – aunque el inquilino sea una figura jurídica -, obtiene una reducción de un 60% . En algunos casos puede llegar hasta el 100%. Si existe un contrato de por medio y se ha consignado la fianza, se pueden deducir las cantidades, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el IRPF. Además de un beneficio fiscal, declarar el alquiler significa una protección legal frente , por ejemplo, a posibles desperfectos o impagos.

Las consecuencias de no declarar el alquiler

España posee una gran economía sumergida derivada del incumplimiento de la declaración de los pisos en alquiler. Un 28% de los arrendamientos en España no se declaran a Hacienda. Como ya hemos explicado, aquellos propietarios que esquiven sus obligaciones fiscales, no obtendrán las ventajosas reducciones, además de tener que pagar una sanción de entre un 50 y 150%. No declarar conlleva perder la reducción del 60 y hasta 100%. Por lo que, quizás no merezca la pena tomar el riesgo.

El tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha unificado el criterio de la administración en un sentido perjudicial para los propietarios. Y es que, si Hacienda ha iniciado una comprobación las consecuencias serán inmediatas. En este sentido, el artículo 23.2 de la Ley del IRPF regula la reducción del 60% aplicable sobre los rendimientos obtenidos por el alquiler de inmuebles destinados a vivienda del inquilino.

Tal y como comentábamos, el TEAC ha unificado criterios que perjudican al propietario contribuyente. Unos criterios dispares en las administraciones, ya que, antes de este cambio, el TEAC de Madrid consideraba que, aunque se hubiese se hubiese iniciado una inspección , el contribuyente podía optar a la reducción. El director del Departamento de Inspección Tributaria recurrió dicha resolución y solicitó que que aunasen los criterios legales en toda la administración. Así fue, y hoy en día este marco es aplicable a todas las administraciones. Sin embargo, hay un modo de aplicar la reducción, y es presentar una complementaria antes de que la notificación del inicio de una comprobación.

Otras de las consecuencias de no declarar el alquiler es que el propietario no puede hacer reclamaciones en caso de impago de la renta o desperfectos ocasionados por el inquilino.Al no existir un contrato y sin declaración de ingreso por alquiler no existe ninguna prueba documental, siendo mucho más complicado probar la relación contractual.

¿Cómo puede descubrir Hacienda que no se han declarado los ingresos?

Una de las posibilidades más comunes en los alquileres sin declarar es que el inquilino rompa el contrato. Lo que ocurre en un 80% de los casos. Este mismo inquilino encuentra muchas ventajas fiscales declarando el importe del alquiler, por lo que declara ante la Agencia Tributaria, quedando el propietario en manos del fisco. Las posibles deducciones que se puede aplicar el inquilino dependen de que el propietario haya declarado el mismo. El inquilino siempre puede recurrir a la vía judicial y hacer una petición formal al propietario de la documentación para poder hacer  la declaración o solicitar una inspección tributaria.

¿Qué hacer en caso de ser sancionado por no declarar?

La resolución que unifica los criterios se aplica solo a la Administración Tributaria. Pero no todos los Tribunales Superiores de Justicia apoyan este criterio. Por ejemplo, el TSJ de Madrid considera que el artículo 23.2 de la Ley de IRPF se refiere a las rentas que se hayan declarado, y no tiene que ser de manera única la autoliquidación del IRPF. Por otro lado, el artículo 119 de la Ley General Tributaria es mucho más amplio, y su interpretación permite a los contribuyentes una aplicación de la reducción. Por lo que se deduce que no es un tema cerrado, dejando la puerta abierta a los propietarios a recurrir. Aunque, como siempre, antes de tener que recurrir se recomienda al propietario declarar los ingresos para obtener las ventajosas reducciones y así evitarse futuras complicaciones.

http://portal.uniplaces.com/es/cuales-son-las-consecuencias-si-el-propietario-no-declara-el-alquiler/

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