5 octubre 2024

Plazos y claves para entender la moción de censura del PSOE contra Rajoy

La moción de censura presentada por el PSOE y, sobre todo, la posibilidad real de que salga adelante plantea escenarios hasta ahora inéditos en la política española.

La moción de censura presentada por el PSOE y, sobre todo, la posibilidad real de que salga adelante plantea escenarios hasta ahora inéditos en la política española. El Gobierno de Rajoy se tambalea y la actual legislatura parece estar tocando a su fin, pero todo sigue sumido en la incertidumbre. De hecho, hay más dudas que certezas: todos miran ahora a la Constitución —esa gran olvidada— para encontrar un punto de luz.

Las preguntas que surgen son varias: ¿Cuándo se podrá celebrar la moción de censura? ¿En caso de prosperar esa moción, cuándo sería presidente Pedro Sánchez? ¿Podría Sánchez convocar elecciones inmediatamente, y de hacerlo, cuándo se celebrarían los comicios? ¿Puede Ciudadanos presentar su propia moción?

¿Hay fecha para la moción de censura del PSOE?

Aún no hay una fecha concreta. La Constitución (artículo 113) y el propio reglamento del Congreso (artículo 177) establecen que la celebración de la moción de censura no podrá ser antes de los cinco días siguientes desde su presentación.  Sin embargo, ni la Constitución ni el reglamento del Congreso especifican un límite máximo para su celebración, lo que deja abiertas muchas posibilidades.

Aplicando estrictamente lo que dice la Constitución, la moción podría celebrarse el próximo 30 de mayo, miércoles. Pero antes la Mesa del Congreso debe tramitarla, y eso no ocurrirá antes del lunes por la tarde o el martes por la mañana. A partir de ahí se abrirá un plazo de dos días por si otros grupos quieren presentar mociones alternativas con otros candidatos, lo cual prácticamente descarta que se celebre la semana próxima.

La fecha la fijará entonces la presidenta del Congreso, Ana Pastor, después de hablar con Pedro Sánchez. Tomando como referencia lo que ocurrió el año pasado con Podemos, lo más probable es que el pleno de la moción de censura se celebre la primera o la segunda semana de junio. El año pasado, Podemos registró su moción de censura contra Rajoy el 19 de mayo de 2017 y el debate de la moción se celebró el 13 y el 14 de junio. No hay razones objetivas para pensar que en esta ocasión los plazos tengan que alargarse más.

¿Si gana, podría Sánchez ser presidente sin ser diputado?

Sí. El artículo 11 de la ley de Gobierno solo exige para ser presidente «ser español, mayor de edad, disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo, y no estar inhabilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme». La Constitución española establece que la moción de censura debe ser aprobada por una mayoría absoluta en el Congreso (fijada en 176 escaños). Si Sánchez lograra esa mayoría, entonces sería ya a todos los efectos nuevo presidente del Gobierno con carácter inmediato, tal como señala el artículo 114 de la Constitución: «Si el Congreso adopta una moción de censura, el Gobierno presentará su dimisión al Rey y el candidato incluido en aquélla se entenderá investido de la confianza de la Cámara a los efectos previstos en el artículo 99. El Rey le nombrará Presidente del Gobierno». Sánchez podría entonces formar Gobierno.

¿Estaría obligado a convocar elecciones inmediatamente?

No. Entre las atribuciones exclusivas del presidente del Gobierno está la de disolver las Cámaras y convocar elecciones en cualquier momento de la legislatura, así que Sánchez podría gobernar el tiempo que estimara oportuno siempre que convocara elecciones como muy tarde en junio de 2018.

¿Cuánto tiempo sería Sánchez presidente?

El reloj de la legislatura no se pondría a cero con el cambio de Gobierno. Si no convocara elecciones antes, Pedro Sánchez sería presidente durante dos años, hasta el final de la actual legislatura, que termina el 26 de junio de 2020. Obviamente, Sánchez podría presentarse de nuevo en 2020.

¿Si Sánchez convocara ya elecciones, cuándo serían?

Todo dependería de cuándo se celebrara el debate de la moción de censura y de cuándo decidiera el líder socialista disolver las Cámaras. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) determina que las elecciones generales se celebren exactamente 54 días después de publicar el decreto de disolución del Congreso y del Senado. Lo más probable es que Sánchez dejara pasar el mes de junio y parte del mes de julio para que los plazos no obligaran a convocar elecciones en agosto, con media España en la playa. Como muy pronto las elecciones se celebrarían en septiembre, aunque tampoco este es un mes idóneo para celebrar comicios electorales.

¿Puede Ciudadanos presentar su propia moción?

Ciudadanos ha dicho que no apoyará la moción presentada por el PSOE, pero al mismo tiempo ha pedido a Rajoy un adelanto electoral. Si Rajoy no atiende esa petición, Ciudadanos ha afirmado que impulsará una moción por su cuenta. La Constitución también establece que la moción de censura debe ser avalada al menos por la décima parte de los diputados, es decir 35 parlamentarios. Ciudadanos tiene 32, así que necesitaría que otras fuerzas políticas le prestaran al menos tres diputados. Que lo consiga o no es harina de otro costal.

¿Puede impedir Rajoy la moción adelantando elecciones?

No. El artículo 115 de la Constitución, en su punto segundo, lo deja bastante claro: «La propuesta de disolución no podrá presentarse cuando esté en trámite una moción de censura». A Rajoy y al PP no les queda otro remedio que pasar el trago.

¿Si la moción fracasara, podría el PSOE presentar otra?

Si la moción de censura no fuera aprobada, la Constitución establece que sus 35 firmantes no podrán presentar otra durante el mismo periodo de sesiones. Lo dice el artículo 113 en su punto cuatro: «Si la moción de censura no fuere aprobada por el Congreso, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo período de sesiones». Lo que se deduce es que para presentar una nueva, se necesitarían otros 35 de diputados, así que el PSOE sí podría presentar otra, pero avalada por diputados diferentes.

FOTO:Mariano Rajoy y Pedro Sánchez en julio de 2017 durante un encuentro en La Moncloa. (JUAN MEDINA | EFE)

jorge otero

http://www.publico.es/politica/sacadudas-mocion-censura-plazos-claves-psoe-rajoy.html

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