24 noviembre 2024

Así es la nueva ley que te permite empezar de cero: adiós a todas tus deudas

La Ley de la Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos empezar de cero sin tener que arrastrar deudas de por vida. «Llegué a pensar que era una estafa»

Hace ocho años, Ana María Moreno dejó de tener vida para vivir un infierno. Con la crisis, la empresa en la que trabajaba como administrativa ajustó sus cuentas, pero las suyas dejaron de salirle a final de mes. «De un plumazo me quitaron 400 euros que cobraba en horas extras», asegura. Divorciada y con una hija a su cargo, aquel agujero descuadró su economía. Empezó a tener dificultades para afrontar las mensualidades de un crédito bancario del que le quedaba apenas un año para liquidarlo. Negoció con el banco. Pidió más tiempo para poder devolverlo, pero se negaron. «No podía dejar de pagarlo y empecé a aceptar ofertas de otras entidades y a endeudarme con las tarjetas de crédito. Al final, pedía un préstamo para pagar el anterior. El día 2 de cada mes, los gastos se habían comido toda la nómina», recuerda. En poco tiempo, debía 20.000 euros y «la bola» era cada vez mayor. «Inasumible», recalca. Aquella espiral endemoniada la sumió en la más absoluta desesperación. Vivía con temor que la echaran de su piso de alquiler y muy agobiada por el hostigamiento de las entidades financieras, con llamadas a todas horas y el envío de cartas amenazantes. Su sustento se reducía a un bocadillo diario. «Había días que ni eso». «Estuve a punto de quitarme la vida dos veces; si no lo hice, fue por mi hija», relata. Sin saber qué hacer ni a quién acudir, recurrió a internet como quien se encomienda a un oráculo. La red le puso sobre la pista. «Un asesor me habló de la Ley de la Segunda Oportunidad y me puse en manos de Repara tu deuda. En menos de un año, me liberaron de todo lo que debía, después de mucho papeleo y de permitirme pagarles poco a poco. El juez valoró que con mis ingresos y con el déficit que tenía todos los meses no iba a poder saldarla en la vida», explica.

Como ella, ciudadanos que se hipotecaron en el peor momento de la crisis, particulares ahogados por préstamos personales, emprendedores fracasados que avalaron su proyecto empresarial con bienes personales o autónomos obligados a cerrar sus negocios y a asumir una deuda que no podían pagar, han recurrido en estos últimos años a la ley 25/2015, de 28 de julio. Hasta esa última reforma, solo las empresas contaban con un recurso legal para declararse en quiebra y pedir la exoneración de sus pasivos en casos de insolvencia, mientras particulares y autónomos estaban condenados a morir con ellas. Podían ser perseguidos de por vida por sus acreedores, aunque ya no tuvieran nada. Una condena, hasta entonces sin redención, que hoy cuenta con la Ley de la Segunda Oportunidad para obtener el ‘perdón’ de todas las pellas, hasta cinco millones de euros, siempre y cuando se haya actuado de buena fe (no haber cometido delitos socioeconómicos) y se haya intentado llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores para aplazar el débito y fijar un calendario de pago inferior a diez años o su liquidación con bienes propios.

Plantón de los acreedores

Sin embargo, en más de un 95% de los casos, estos acuerdos extrajudiciales -tutelados por un juez y en los que interviene un mediador concursal- fracasan. «Los acreedores no suelen presentarse pensando que en el concurso que se abre posteriormente cobrarán toda su deuda. Pero se equivocan, porque una vez liquidados los bienes no siempre alcanza para pagar a todos. A quien le interesa realmente llegar a esta fase es al deudor, que puede quedar exonerado de todo y empezar de cero», afirma Andrea Olcina, abogada de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento (AEF). «No asisten por desconocimiento; prefieren no cobrar nada a cobrar una miseria», apostilla Emma Morón, socia directora de Repara tu deuda. En el orden de prioridad de cobro, los primeros en hacerlo son los bancos que han concedido una hipoteca al deudor, la Seguridad Social y la Agencia Tributaria; después, los acreedores del procedimiento (mediador, administrador concursal, abogado, procurador…) y, por último, las entidades que concedieron préstamos personales y créditos al consumo.

Algunos ciudadanos lo pierden absolutamente todo por el camino, porque el poco o mucho patrimonio que tienen se liquida en el proceso concursal para pagar las pellas. Eso incluye, en ocasiones, la vivienda, de modo que si hay dación en pago y aún resta por pagar la hipoteca, ésta se condonaría. Pero no siempre hay que sacrificar la casa. «Si el importe de la hipoteca es mayor que su valor, si es vivienda habitual y se está al corriente del pago, el deudor puede solicitar su exclusión en la fase extrajudicial y así no ser liquidada posteriormente», explica Morón, en referencia a la sentencia judicial favorable de abril de 2017, en la que el juzgado de primera instancia número 41 de Madrid perdonó a un matrimonio todas las deudas que tenía contraídas con seis entidades crediticias por valor de 92.458 euros y les permitió seguir con su casa pagando el préstamo hipotecario.

Sin embargo y pese a las aparentes bondades de la reciente norma, el número de españoles que ha recurrido a ella para salir a flote es irrisorio con respecto a otros países europeos. En 2017, se registraron 1.036 procesos concursales de particulares y 240 de autónomos, según refleja la estadística del INE. Es un 35% más que el año anterior, pero aun así está muy lejos de los más de 55.000 de Francia o los más de 100.000 de Alemania y del Reino Unido. Unos lo achacan a la falta de cultura concursal de los ciudadanos; otros, al desconocimiento de la ley. Le ocurrió a Pedro Serrano, quien no había oído hablar nunca de ella, hasta que lo escuchó en la radio. «Me parecía tan increíble que me pudieran perdonar los 40.000 euros que debía a tres bancos que pensé que podía ser una estafa», reconoce este conductor de autobús que durante meses mantuvo embargada parte de su nómina. Tras un divorcio complicado, «era comer o pagar deudas».

Para Enrique Sanjuán, el juez experto en Derecho Mercantil que trasladó la cuestión de la retroactividad de las cláusulas suelo al Tribunal de Justicia de la UE y logró que cambiase la doctrina aplicada hasta entonces en España, si se aplica poco esta norma no es tanto por desconocimiento, sino porque es una herramienta «imperfecta». «Entre nada y algo es algo, pero es insuficiente», asegura. Lamenta que estos procedimientos se demoren hasta dos y tres años en juzgados no especializados, ya que se cursan en Primera Instancia, y sin recursos suficientes. Pero, sobre todo, que no prosperen los acuerdos extrajudiciales por un mal diseño de la norma. «La ley solo prevé tres meses para negociar y uno más para solicitar el concurso de acreedores si fracasa. Los jueces no podemos prorrogarlo, de modo que si hubiera una predisposición de las partes a llegar a un acuerdo y no diera tiempo, se iría al traste. Si, además, se presentase un plan de viabilidad bueno, no podríamos obligar al acreedor a aceptarlo; depende de su voluntad», advierte.

Pero esta ley no lo perdona todo. Hay deudas que son ‘sagradas’, como la manutención alimenticia de los hijos y las contraídas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Por eso, la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) considera que la Ley de la Segunda Oportunidad «tiene de eso solo el título, porque esas deudas con la Administración pública son las que más hunden al autónomo. Ni siquiera se paralizan los recargos mientras dura el procedimiento concursal que, además, le cuesta dinero (mediador, abogado, procurador), porque en este caso no hay justicia gratuita», denuncia la vicepresidenta, Celia Ferrero. En su opinión, esta norma ha simplificado las cosas, «pero se ha olvidado de que el autónomo no tiene la formación, ni la información necesaria para acudir al concurso. Falta un servicio público, dotado con medios y mentores, que le ayuden a evaluar su negocio, a detectar una crisis a tiempo y a evitar un procedimiento judicial, sin que todo ello derive en consecuencias económicas, personales y familiares inasumibles».

SUSANA ZAMORA