La sentencia del Alto Tribunal, que considera que las prestaciones por maternidad no deben tributar por IRPF, afecta a las percibidas desde el año 2014.

Ser padre o madre es una experiencia única en la vida, un momento de felicidad incomparable pero también de mucho trabajo con las nuevas obligaciones. Para que los nuevos padres puedan adaptarse se crearon los permisos de maternidad y paternidad, un periodo en el que la Seguridad Social se hace cargo de los salarios de los progenitores.

Para poder acceder a la prestación es necesario haber cotizado 180 días durante los siete años o un total de 360 en toda la vida laboral con carácter general, aunque no se exigirá ningún periodo cotizado si tienes menos de 21 años al ser madre. La cifra también se reduce a 90 días cotizados en los últimos 7 años o 180 días en total para madres entres 21 y 36 años.

Durante esos cuatro meses de baja por maternidad la madre cobrará el 100% de lo que la empresa cotice por ella. Lo más habitual es que esto sea el 100% del salario que venía percibiendo, pero puede haber excepciones en algunos casos. Aquí puedes ver algunas: cuánto cotizas a la Seguridad Social en función de tu sueldo.

Hoy por hoy, el método para reclamar la devolución del IRPF de esas prestaciones es la solicitud de rectificación de autoliquidación aunque recomendamos esperar a que la Agencia Tributaria publique un formulario expresamente creado para hacer esta reclamación de una forma más sencilla que probablemente será en las próximas semanas.

Recordamos que las primeras madres a las que les puede prescribir la devolución (las que dieron a luz en 2014) tienen hasta el 30 de junio de 2019 para presentar la reclamación.

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