Absueltos el exalcalde de Atarfe y los otros cuatro acusados por las licencias de Medina Elvira
La Fiscalía había mantenido su petición de prisión para el exalcalde de Atarfe TOMÁS RUIZ MAESO
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada ha absuelto al exalcalde de Atarfe por el PSOE Tomás Ruiz Maeso y a los otros cuatro acusados a los que juzgó el pasado mes de enero por supuestas irregularidades cometidas en la concesión de las licencias de primera ocupación de Medina Elvira, un macrocomplejo urbanístico que estaba llamado a convertirse en una urbanización de lujo dotada de instalaciones turísticas y comerciales y un campo de golf de 18 hoyos.
En la sentencia, de fecha 20 de mayo y contra la que cabe recurso, la sala advierte sobre el proceder de Ruiz Maeso, que «fue consciente» no solo de «la ausencia» de informes técnico y jurídico para esa concesión, y de que, «en el supuesto de que los hubiese recabado (hizo algunas consultas verbales) hubieran sido desfavorables».
También alude la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, que, si bien reconoció este extremo, la prevaricación, delito por cuya presunta comisión era juzgado, «exige que la resolución resulte arbitraria».
La Fiscalía había mantenido su petición de prisión para el exalcalde de Atarfe, en una causa en la que también estuvo procesado su antecesor, Víctor Sánchez, ya fallecido, así como para el resto de acusados, entre los que había dos técnicos, los cuales se enfrentaron, como Ruiz Maeso, a dos años de cárcel y diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por la posible comisión de un delito continuado de prevaricación urbanística.
El alcalde, «en ese momento, tenía conocimiento de que, aun cuando las distintas promociones estaban terminadas en cuanto a su respectiva construcción y dotación de servicios de electricidad, red de abastecimiento, telecomunicaciones y gas, faltaban por concluir las obras de conexión de la red de saneamiento interior», que estaban «completamente ejecutadas», con la exterior, la cual «había de derivar las aguas residuales hacia un punto de vertido previsto en el término municipal de Albolote», que, según precisa la Audiencia, «por cierto, a fecha actual, todavía no se ha construido».
Para las acusaciones, «tenía una alternativa perfectamente acomodada a la legalidad: a saber, aguardar a la terminación de las referidas obras de conexión (si tan inminente era dicha finalización) para conceder las referidas licencias amparadas en todos los presupuestos legales».
Aunque fue una «ilegalidad administrativa», ésta «precisa un plus de antijuridicidad para integrar el delito de prevaricación», abunda el tribunal en referencia a «la evolución del sistema de saneamiento de aguas residuales previsto para el conjunto de la urbanización».
«Sostiene el acusado que lo hizo, consciente de que era una decisión personal, atendiendo lo que creyó era mejor para todos (promotores, compradores, Ayuntamiento), y en la confianza de que las tan repetidas obras terminarían conforme a las previsiones del proyecto», agrega la sentencia en alusión a que «aun constatada la ilegalidad administrativa en la concesión de las licencias de primera ocupación, la exigencia de avales a las promotoras para asegurar la conclusión de las obras de conexión a la red de saneamiento aleja», desde su punto de vista, «esas decisiones del ámbito típico de la prevaricación».
Asimismo, el Ministerio Público atribuía tres delitos continuados de estafa a los representantes legales de la mercantil Bareo Investments y Vladiglof –la empresa propietaria de los terrenos–, y de las promotoras Península Project, Costaind y Costa Indálica. Para cada uno de ellos solicitaba seis años de prisión y multa de 14.400 euros. Han sido absueltos también. Además, absuelve como responsables civiles subsidiarios a las citadas entidades y al Ayuntamiento de Atarfe.
POSICIÓN DE LA FISCALÍA
Según defendió la Fiscalía, Ruiz Maeso, en connivencia con los también acusados secretario y arquitecto municipal, «aprovechándose de sus cargos municipales y obviando el cumplimiento de la legalidad», concedieron irregularmente las licencias de primera ocupación a diversas promotoras del complejo residencial Medina Elvira.
La Fiscalía mantuvo que esto se hizo «eludiendo los requisitos exigidos por la normativa urbanística para este tipo de suelo y los trámites legalmente previstos para ello», en ocasiones, previo informe favorable del arquitecto municipal, «pleno conocedor» dado su cargo de «las condiciones exigidas legalmente».
Para el fiscal, los responsables de las empresas Bareo Investments y Vladiglof, y de las promotoras Península Project, y Costaind S.A. y Costa Indálica, guiados por el ánimo de «obtener un lucro ilícito» habían vendido los pisos de que eran titulares en el complejo residencial, aún siendo plenamente conscientes de la situación en que se encontraban las viviendas.
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