Las mentiras que circulan a través de las diversas redes sociales son una cortina de humo porque no entran a analizarla de una manera seria

Lo primero que quiero hacer constar es que el autor de este artículo es fielmente partidario de un pacto social por la educación, por la tranquilidad y sosiego que supondría para toda la comunidad educativa. Dicho esto y después de efectuar un análisis de lo que afirman las redes sociales, se constata que se efectúan una serie de afirmaciones que no se sustentan en ninguna normativa y que claramente son demagógicas y falsas. No son más que una cortina de humo, porque no entran a analizar la Lomloe (Ley Orgánica de Modificación de la LOE) de manera seria, y ello porque el objetivo que pretenden es crear ruido, desasosiego y ansiedad entre la población.

El Proyecto de Ley regula, entre otras cuestiones, que desaparece la división en materias troncales, específicas y de libre configuración, que se recupera la anterior prueba de acceso a la universidad (PAU), que se incorpora como obligatoria la Historia de la Filosofía (actualmente optativa en 2º de bachillerato), que se eliminan las reválidas y se sustituyen por pruebas de diagnóstico; que se eliminan los itinerarios de la ESO y se sustituyen por Programas de Oportunidades a partir de 3º de ESO, o que se regule la formación inicial y permanente del profesorado… Todo esto no representa ningún problema. ¿Entonces, dónde están los verdaderos problemas y cuáles son?

Las verdaderas preocupaciones de partidos políticos –como PP, Vox y otras fuerzas políticas afines a éstos– se podrían concretar en dos: religión católica y centros concertados y después meten de relleno algunas otras cuestiones como los centros y alumnos de educación especial.

  • Respecto del tratamiento de la religión católica en la Lomloe: las principales asociaciones y sindicatos de las escuelas católicas y concertadas dicen que la ley acaba con la religión. Es una falsedad. La religión no desaparece. Lo que dice la Lomloe es que esta materia será de oferta obligatoria en los centros, pero de elección voluntaria. Eso sí, se elimina la obligación de cursar una materia alternativa a la Religión y la calificación de ésta no se tendrá en cuenta en la nota media para becas o los procesos de acceso a la universidad y se implantará un área de educación en valores cívicos y éticos. Esta materia es la expresión del acuerdo que los ministerios de educación de la UE firmaron en 2015, la conocida como declaración de París que exigía a los estados la adopción de medidas para reforzar el papel de la educación y la promoción de la ciudadanía y de los valores de libertad tolerancia y no discriminación. ¿Dónde está la desaparición de la religión?

Respecto a los centros concertados, sus preocupaciones vienen condicionadas por:                                                

  • El control de cuotas (artículo 88): los centros concertados no podrán solicitar aportaciones en concepto de enseñanza ni tampoco a fundaciones o asociaciones, así como la prohibición de fijar servicios de pago obligatorios. Sólo se exceptúan las actividades extraescolares o el comedor y el transporte. Las administraciones educativas «supervisarán el cumplimiento por parte de los centros educativos del presente artículo». Lo que la Ley establece es un control para que eso que se hace de forma habitual y rutinario por los centros concertados no se haga.Resulta más que lógico que no estén de acuerdo con esto, en la medida que en la actualidad los centros concertados obtienen una buena parte de sus recursos de esos servicios de pago y que, además al estar asimilados a entidades sin ánimo de lucro, tienen una serie de beneficios fiscales que los convierten en empresas atrayentes como negocio (véase Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. Art. 2 , 5 a 25 y Disposiciones Adicionales 8ª y 9ª).
  • Oferta de plazas públicas (art 109): el derecho a la educación se ha de garantizar «mediante una oferta suficiente de plazas públicas» y se insta a las administraciones a promover «un incremento progresivo de puestos escolares en la red de centros de titularidad pública». Es evidente que las familias tienen libertad de elección de centro, eso no se ha modificado y por tanto seguirá siendo así. Lo que no deberá impedir que la administración educativa verifique que los centros concertados no discriminen a nadie bien por razones socioeconómicas o de cualquier otra índole. Lo que pretende la Ley es garantizar que el proceso de admisión sea lo más transparente posible y que entre los criterios de admisión del alumnado (artículo 84) cuando haya más demanda que oferta de plazas; uno de los criterios de admisión es el de proximidad al domicilio. Éste en la Ley permite rebasar el 30% de la puntuación total, convirtiéndose en un criterio prioritario. Es lógico que con este criterio no estén de acuerdo porque una gran mayoría del alumnado que tienen los centros concertados no procede de su ámbito de influencia y por tanto de su proximidad al domicilio. Y por otro lado es evidente que este artículo choca frontalmente contra sus intereses, ya que se suprime el concepto de demanda social que introdujo la Lomce, que ha sido el blindaje que tenían los centros concertados para ofertar plazas en zonas de nueva población.Cesión de terrenos (disposición adicional decimoquinta): la Lomce insta a los municipios a cooperar con las administraciones autonómicas «en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes». Esto implica fomentar la construcción de escuelas de promoción privada, donde presumiblemente va a haber demanda, en parcelas públicas mediante concesiones de 75 años con el compromiso de otorgarles el concierto (véase casos en Madrid y Valencia). La Lomloe dice lo mismo pero añade para la construcción de nuevos centros docentes públicos. Con lo que se acaba el chollo/negocio y de ahí su rechazo.
  • Educación diferenciada (disposición adicional vigésimo quinta): establece que «con el fin de favorecer la igualdad de derechos y oportunidades y fomentar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos desarrollarán el principio de coeducación en todas las etapas (…) y no separarán al alumnado por su género». La modificación contempla la opción de retirar el concierto a los centros educativos que incurran en la separación por género de los alumnos, sustentando ese impedimento en la Ley de Igualdad.Conviene tener presente que era y es legal en centros privados sin concierto. Fue la Lomce la que en el 2013 los hizo legales en centros privados con concierto, ya que antes de esta ley concertarlo era ilegal. No hay problema en que alguien que quiera educar a sus hijos/as separándolos por sexos en centros privados no lo pueda hacer. Lo que no se puede exigir es que se haga con dinero público y todo ello amparándose en la libertad de elección de centro.
  • Centros de educación especial y alumnos con necesidades educativas especiales: lo de la desaparición de los centros de educación especial y el desamparo del alumnado de educación especial, ya es de juzgado de guardia. Observen si es una falsedad: lo que establece el proyecto de ley en su disposición adicional cuarta es que en diez años los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad. Las administraciones continuarán prestando el apoyo necesario a los centros de educación especial para, además de escolarizar a los alumnos que requieran una atención muy especializada, desempeñen la función de centros de referencia y apoyo para los centros ordinarios. En realidad el verdadero cabreo y rechazo, en relación con el alumnado de necesidades educativas especiales, es porque la Ley protege las decisiones tomadas por gobiernos autonómicos y apuesta por una regulación de los procesos de inscripción y matriculación que incorpora criterios socioeconómicos para paliar las desigualdades y hace corresponsables a todas las escuelas sufragadas con fondos públicos de la atención a los alumnos con necesidades educativas especiales, cosa que ahora no ocurre.

Puntualización final: la pretensión de este artículo es clarificar algunas de las falsedades que circulan por las redes sociales. Si ha sido así, me sentiré satisfecho como profesional de la educación y como ciudadano. Por otro lado quiero dejar claro que soy respetuoso con los centros concertados pero soy un fiel defensor de la escuela pública.

FOTO: La ministra de Educación, Isabel Celaá , a su llegada al Congreso para debatir los puntos más polémicos sobre la ley de educación / Mariscal / Efe

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