Una viuda con dos hijos también es una familia numerosa

Cuando hablamos de familias numerosas a todos se nos viene a la cabeza la misma imagen: una pareja con al menos tres niños. Sin embargo, ese no es el único modelo que entra dentro de esta definición para poder reclamar el título oficial y beneficiarse de las ventajas fiscales, bonificaciones en consumo y descuentos en supermercados y transporte que supone pertenecer a esta categoría.

«Una viuda con dos hijos, dos hermanos huérfanos o un padre de mellizos incapacitado también se consideran familias numerosas», precisa Paloma Abad Tejerina, presidenta de la Asociación Madrileña de Abogacía de Familia e Infancia. Disponer del título oficial, que se puede renovar hasta que el hijo más pequeño cumpla 21 años –o hasta los 26 si se acredita que está estudiando–, «supone un ahorro anual de miles de euros. Lo que ocurre es que hay mucha desinformación; desde familias que directamente no saben que son numerosas a otras que desconocen todas las bonificaciones a las que pueden acceder», lamenta Natalia Diez-Caballero, directora de la federación de familias numerosas de Euskadi (Hirukide).

Divorciad@scon tres hijos y familias reconstituidas

No tienen por qué vivir bajo el mismo techo

 

Una persona divorciada con tres hijos se considera familia numerosa a todos los efectos. Lo que ocurre es que, según la ley, nadie puede formar parte de dos familias numerosas a la vez, «lo que deja mucho espacio a la confusión cuando una pareja se separa». A los padres no se les exige que sus hijos vivan con ellos para pedir el título, pero sí que los sostengan económicamente. El problema suele plantearse en los casos de familias reconstituidas. Un padre con un hijo de su primer matrimonio y dos del segundo puede ser familia numerosa sin que nadie se lo discuta. Pero, ¿qué pasa si su exmujer tiene otros dos y solicita el título? «Pues que el hijo en común solo puede formar parte de una familia numerosa, lo que priva del título a la otra parte. La decisión se puede tomar por acuerdo de los padres o a elección del hijo si es mayor de edad. Si no hay acuerdo, prima la convivencia. En el caso de custodia compartida, algunas comunidades han legislado para cubrir ese vacío (Castilla-La Mancha, Andalucía, Cataluña y Murcia), pero en el resto hay que pelearlo en los juzgados», señalan los expertos. Consejo: «Al ser un título muy ventajoso, es conveniente especificar en el convenio regulador cómo se repartirá su disfrute».

Viud@scon dos hijos

María y sus dos hijos de 4 y 6 años

 

A los padres o madres solteros o divorciados, dos hijos no les bastan para constituirse como familia numerosa, «salvo que entre en juego el factor de la discapacidad», pero a los que están solos porque el otro progenitor ha fallecido, sí. Es el caso de María P., madre de dos niños de 4 y 6 seis años. Su marido falleció de cáncer hace un par de años y, «fíjate lo que es la vida, ahora que solo somos tres en casa, tenemos carné de familia numerosa». Un título que María agradece porque no se ha quedado en la mejor de las situaciones económicas. «Es que aparte de las ventajas ‘gordas’, hay un sinfín de pequeños descuentos que, a final de mes, suman mucho dinero: entradas de cine, teatro, museos, clases de refuerzo, academias, polideportivos, tiendas de ropa, alimentación, negocios locales… Pregunte en su ayuntamiento y en la asociación de familias numerosas de su comunidad para saber en qué productos y actividades tiene descuento por ser familia numerosa», aconsejan en la OCU.

Padres o hijos con alguna discapacidad

Incapacitados para trabajar con dos hijos

 

«No siempre una familia numerosa consta de muchos miembros. Por ejemplo, un matrimonio con dos hijos en el que la madre sufre un accidente de tráfico muy grave podría ser reconocida como numerosa, pues bastan dos hijos cuando uno de los progenitores tiene una discapacidad de al menos el 65%», precisan en la OCU. Los otros dos supuestos en los que una familia con dos hijos también podría acceder a la categoría de numerosa es cuando los dos progenitores están incapacitados para trabajar o tienen reconocida una discapacidad de al menos el 33% o cuando es uno de los dos hijos el que la padece. El título de familia numerosa lo otorgan las comunidades autónomas y es válido en todo el territorio nacional. No obstante, aunque los requisitos son comunes para todos, las bonificaciones pueden variar en función del lugar de residencia.

Huérfanos

Dos hermanos… sin padres

 

Para constituir lo que legalmente se entiende como familia numerosa ni siquiera hacen falta padres. Dos hermanos huérfanos «que convivan con su tutor, acogedor o guardador, pero no a sus expensas», por ejemplo, también podrían serlo. «Otro caso es el de tres hermanos huérfanos o más, mayores de 18 años, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos; o dos hermanos sin padres que convivan, tengan dependencia económica entre ellos y uno sufra una discapacidad», enumeran los expertos. En las familias numerosas, «cuando los niños crecen y dejan de cumplir las condiciones para estar dentro del título son excluídos y se quedan sin su acreditación individual, pero el resto de los miembros la conservan. Por ejemplo, un padre con tres hijos, dos mayores de 26 años y el último menor de edad. Pues bien, el progenitor puede seguir formando familia numerosa con el pequeño», precisa Natalia Diez-Caballero.

Pareja con tres niños o más

El ejemplo de los Granel: un ahorro de 3.398 euros

 

El servicio jurídico de la OCU ha elegido a la familia Granel de Valencia para cuantificar parte del ahorro que supone para las familias numerosas disponer del título oficial. El matrimonio tiene unas mellizas de 10 años y una hija universitaria de 19 que estudia en Madrid. A finales de junio se fueron a veranear a la casa que tienen en Marbella e hicieron el viaje en su coche nuevo. La madre, que teletrabaja, se quedó allí con las niñas todo el verano, mientras que su marido pasó un mes con ellas y el resto del tiempo fue solo los fines de semana. Él viajó en tren (Valencia-Málaga-Valencia). Los técnicos de la OCU han calculado lo que ahorran (en números redondos) por su condición de familia numerosa, con un hogar y unos consumos medios sin tener en cuenta otras ventajas a las que pueden acceder como descuentos en alimentación, ropa, campamentos…

Bonificaciones de la familia Granel

  • Deducción estatal IRPF 1.200 €.

  • Matrícula universidad 780 €.

  • Impuesto de matriculación 408 €.

  • Deducción autonómica IRPF 300 €.

  • Factura de la luz 280 €.

  • Ocho billetes tren 250 €.

  • Bonificación en el IBI 123 €.

  • Bono térmico 38 €.

  • Factura de la luz 19 €.

  • AHORRO 3.398 €.

Categoría especial: cuando se tienen 5 hijos o más

Las familias numerosas se dividen en ordinarias y de categoría especial, que tienen más bonificaciones que las primeras al estar formadas por más miembros. A este modelo pertenecen los hogares con cinco o más hijos y las ventajas se disfrutan independientemente de los ingresos de la unidad familiar, «puesto que se conceden como un premio al fomento de la natalidad», explica la abogada Paloma Abad Tejerina. Ahora bien, también se consideran de categoría especial las familias de cuatro hijos formadas por trillizos más uno o dos pares de gemelos, «además de las de cuatro hijos cuando los ingresos anuales divididos entre todos los miembros de la familia no superen los 10.500 euros (el 75% de SMI). Por otro lado, cada hijo que tenga reconocida una discapacidad de al menos el 33% o esté incapacitado para trabajar cuenta como dos hijos», precisan los servicios jurídicos de la OCU.

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