23 noviembre 2024

LA PLATAFORMA 8 DE MARZO. 25 DE NOVIEMBRE CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y LA PLATAFORMA DE APOYO A JUANA RIVAS DE GRANADA

Ante la celebración del “Día de la Madre” el próximo domingo día 7 de Mayo queremos mostrar nuestro apoyo a ese importante número de MADRES PROTECTORAS, que no van a recibir el regalos de sus hijas e hijos, o que ni siquiera podrán verse, por la sencilla razón de que les han sido retirados/as de su lado, en muchos casos por arrancamiento Y esos arrancamientos han sido llevados a cabo, basándose en el falso síndrome de alienación parental (S.A.P) que perpetúa la violencia hacia la madre y las hijos e hijos, e invisibiliza la violencia de género.

El falso síndrome de alienación parental, tal como lo ha denominado la Asociación de Psicología Americana (APA), SAP por sus siglas en castellano, y la ideología que lo sustenta, es un constructo pseudo-científico que ha sido utilizado, desde su creación en Estados  Unidos en 1985, en el ámbito de la justicia y en las causas de divorcio en las que se disputa la custodia de las hijas-os, generando situaciones de alto riesgo para las criaturas y provocando una involución en los derechos humanos de niñas y niños y de las madres que pretenden protegerles.

“Aparece en los conflictos judiciales de custodia de las hijas e hijos, normalmente, con posterioridad a la aparición de denuncias por violencia machista, tanto por violencia sexual en el ámbito familiar como por violencia de género contra las niñas, niños y adolescentes o sus madres”.

Sin ninguna base científica, se fundamenta en estereotipos como el de la mujer instrumentalizadora o manipuladora y el de las niñas-os como seres totalmente moldeables, y por tanto no creíbles si manifiestan el rechazo al padre, achacando a la madre la implantación de una falsa memoria sobre el padre para obstaculizar su relación. El efecto intimidatorio que produce su sola mención en la justicia, facilita que profesionales, que se rigen por el afán de ganar, lo utilicen habitualmente en los casos controvertidos de divorcio.

A nivel internacional el falso SAP ha sido rechazado por la Relatora Especial sobre violencia contra la Mujer en cinco ocasiones. En su informe del año 2020, manifestó su preocupación por uno de los casos del Estado español y destacó el uso del presunto SAP contra las madres y la carencia de credibilidad que algunos tribunales al testimonio de las niñas-os cuando la madre denuncia abusos hacia ellas y ellos.

Por su parte, el Grupo de Expertas de Naciones Unidas, ha instado al Gobierno español a garantizar que los tribunales superen los prejuicios contra las mujeres y apliquen un enfoque centrado en las niñas-os y el género. Concluyen que la aplicación del falso SAP constituye una vulneración de los derechos humanos de las mujeres y las niñas-os.

A nivel estatal, la Guía Práctica de la Ley Orgánica 1/2008 aprobada por el Grupo de Expertos en Violencias de Género del Consejo General del Poder Judicial, el llamado SAP no ha sido reconocido por ninguna asociación profesional ni científica, habiendo sido rechazada su inclusión en los grandes sistemas de diagnóstico de salud mental mundiales.

Por su parte, la Fiscal de Sala Delegada de Violencia sobre la Mujer, Teresa Peramato, el pasado 25 de febrero de 2023, anunció que propondría una serie de medidas al Fiscal General del Estado, para seguir trabajando para erradicar el falso SAP.

En cuanto al cuerpo legal, hoy en día se cuenta con la Ley Orgánica la Ley 8/2021 estatal de protección de los niños y adolescentes, en su artículo 11.3 prohíbe la aplicación de los falsos SAP, mencionando textualmente que “Los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para impedir que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en consideración”.El pasado 17/3/2023 la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género presentó la investigación titulada “Violencia institucional contra las madres y la infancia”, que analiza el fenómeno de esta tipología de violencia.

La investigación ha permitido visibilizar la existencia de un patrón o dinámica del sistema judicial según el cual, cuando una madre denuncia violencias o abusos sexuales del padre contra las hijas e hijos, el sistema niega esta violencia, en base a investigaciones deficientes y acaba poniendo el foco en la madre, sometiéndola a evaluaciones sesgadas impregnadas de falso SAP, en base a las cuales se le acaba considerando no apta para sostener el cuidado de sus hijas e hijos. Estas evaluaciones sesgadas son las que acaban justificando que se otorgue a los padres denunciados la guardia y custodia de las hijas e hijos, sometiendo a las madres a severos regímenes de visitas. La retirada de la guardia y custodia de las niñas y niños a veces llega a consumarse mediante el ARRANCAMIENTO POLICIAL de estos.

En síntesis, la respuesta institucional cuyo objetivo prioritario ha de ser el interés superior de la y el menor y la protección de las víctimas de violencia de género, sin embargo en muchos casos, por omisión o prácticas profesionales discriminatorias, desembocan en una conjunción entre la deficitaria investigación de las denuncias por abusos sexuales, sobreseídas en un 86% de los casos, y la aplicación del falso SAP vulnera los derechos fundamentales de las madres y de las niñas y niños, se erige en un impedimento de acceso a la justicia de las madres y de las niñas, los niños y adolescentes y actúa como un mecanismo de represalia y criminalización de las madres que denuncian violencias de género y/o sexuales. Por todo ello,

DENUNCIAMOS

  1. El análisis y el enjuiciamiento sin perspectiva de género, de infanciay sin enfoque interseccional y de derechos, que se traduce en el uso deprejuicios, falsas creencias y estereotipos como fundamento de lasresoluciones judiciales.
  1. La falta de credibilidad otorgada al relato de las niñas, niños yadolescentes en las resoluciones judiciales, en pro de identificar unasupuesta manipulación materna
  2. . La interpretación del interés superior del menor de forma vulneradorade los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
  3. La vulneración del deber de investigar con debida diligencia loscasos de violencia sexual y/o de género contra niñas, niños yadolescentes.
  4. La falta de admisión de medios de prueba, el desigual tratamiento delas pruebas según quien las presente, la falta de declaración de la madre, la ausencia de valoración motivada de la prueba.
  5. La invocación del falso SAP en informes periciales, informespsicosociales, informes de servicios de infancia e informes de puntos de encuentro.
  6. La asunción acrítica y dogmática del falso SAP, sin base probatoria, y su uso como marco de interpretación, que condiciona todo el procesojudicial posterior.
  7. El desplazamiento del contenido de las denuncias penales sobre violencia de género y/o sexual en el ámbito familiar, hacia el marco del“conflicto familiar”.
  8. La vulneración de la prohibición de mediar en situaciones de violencia de género y el recurso de figuras alegales como la de la/del coordinadora/or parental.
  9. La vulneración del deber de comunicación calificado que tienen los centros de enseñanza respecto a las violencias contra niñas, niños y adolescentes y la deficitaria coordinación entre instancias institucionales.
  10. Las prácticas arbitrarias que vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva y revictimizan y criminalizan a las madres que acompañan o denuncian las violencias sexuales a las que están expuestas las niñas,niños y adolescentes.  
  11. Vulneración de los derechos a la salud integral de las madres, niñ@s, niñ@s y adolescentes. La observación del juicio de la madre protecto

Tanto en el I y II Encuentro sobre Violencia Vicaría y Violencia de Género Institucional, celebrados en Mérida, Badajoz, mayo de 2022 y Maracena Granada, marzo de 2023, se puso de manifiesto la necesidad de denunciar e interpelar a las Administraciones involucradas, para conseguir poner en la agenda política la gravedad de este fenómeno incompatible que representa una quiebra en el funcionamiento de nuestro Estado de Derecho, que supone una gravísima vulneración de derechos fundamentales y un sufrimiento incalculable en mujeres, niñas, niños y adolescentes.

Y es que la realidad cotidiana, avalada por los informes de Naciones Unidas y los resultados de las investigaciones recientes, nos muestran que aún queda un largo camino por recorrer y que como sociedad necesitamos reparar las vidas, de las madres, sus hijas e hijo destrozadas debido al inmenso sufrimiento provocado.

Desde la Plataforma 8M.25N y la Plataforma de Apoyo a Juana Rivas de Granada, consideramos que es preciso hacer uso de una de las herramientas históricas de los Derechos Humanos como es la observación de los muchos juicios significativos, pero también de los  juicios relativos a los derechos de las mujeres, del desarrollo del juicio oral y de sus garantías, así como la sentencia que se dicte sobre esos casos representativos, para poder realizar un pronunciamiento público sobre el asunto.

Nos solidarizamos con la lucha de las MADRES PROTECTORAS BASTA YA DE VIOLENCIA INSTITUCIONAL NUESTRAS NIÑAS Y NIÑOS DEBEN DE VOLVER A CASA CON SUS

MADRES

¡BASTA YA DE VIOLENCIA VICARIA!

Granada, 5 de mayo de 2023

PLATAFORMA 8 DE MARZO. 25 DE NOVIEMBRE CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO DE GRANADA
PLATAFORMA DE APOYO A JUANA RIVAS DE GRANADA