25 noviembre 2024

La reforma constitucional para eliminar un término ofensivo es un triunfo de la sociedad civil y un precedente polític.

Alrededor del 10% de la población española, unos 4,3 millones de personas, vive con algún tipo de discapacidad. La Constitución les reconoce expresamente la igualdad de derechos en su artículo 49, una decisión de los constituyentes avanzada para su momento y con pocos precedentes. Pero los califica como “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos”, una formulación inaceptable cuatro décadas después. El Congreso aprobó este jueves la tercera reforma constitucional de la democracia para cambiar esta fórmula por “personas con discapacidad”, mencionar específicamente a las mujeres y los menores y reforzar la obligación de los poderes públicos de garantizarles la igualdad.

‌El lenguaje médico-rehabilitador del siglo pasado desaparece en favor de una formulación garantista del derecho a la autonomía personal y acorde con los valores actuales. Si bien es un cambio menor desde el punto de vista del procedimiento, resulta de gran trascendencia para que la sociedad se reconozca a sí misma en la Constitución. Solo la ultraderecha de Vox votó en contra. Puso así en evidencia que no se considera parte de ese consenso básico.

‌Nombrar las cosas hace que existan. Nombrarlas correctamente es una cuestión de respeto y dignidad. Lo saben bien quienes sufren una discriminación y exigen el reconocimiento de sus derechos. El cambio de denominación era una reivindicación de las personas con discapacidad desde hace décadas. El empuje de este colectivo, su persistencia ideológicamente transversal, será citado durante años como ejemplo de la fuerza de la sociedad civil organizada para empujar a los partidos políticos a tomarse en serio cuestiones que, a pesar de su importancia, escapan al corto plazo legislativo porque no tienen rédito electoral. A ellos corresponde la enhorabuena por este gigantesco éxito legislativo: nada menos que cambiar la Constitución española. Las dos reformas anteriores, en 1992 y 2011, vinieron impuestas por la Unión Europea. Esta es, además, la primera de contenido social.

‌La reforma sale adelante por una mayoría de tres quintos de ambas Cámaras lograda gracias al acuerdo entre PSOE y PP. El destello de consenso no es una anécdota, sino un precedente que compromete a los actuales líderes, especialmente a quienes afirman que es imposible no ya reformar la Ley Fundamental, sino cumplirla y se niegan a pactar la renovación de órganos constitucionales que, como el Consejo General del Poder Judicial, necesitan también una mayoría de tres quintos. Por eso el PP, que bloquea desde hace cinco años la regeneración del CGPJ, ha presentado la reforma del artículo 49 como algo excepcional, prácticamente irrepetible. Hace apenas dos años votó en contra de la propuesta. Hay que celebrar el cambio de voto y animar a los populares a seguir por esa senda.

‌Pretender que la situación política en España es tan grave que impide siquiera sentarse a hablar de cuestiones de sentido común es faltar a la verdad y al deber de hacer pedagogía sobre las circunstancias extremas, aquellas sí, en las que se redactó la Constitución de 1978. Quienes pactaron los pilares básicos del sistema vigente estaban separados por una acritud ideológica abismal —hoy idealizada bajo el mantra del consenso— y tuvieron que sobreponerse a traumas históricos mucho más graves que perder unas elecciones. En un contexto de paz duradera y democracia avanzada, debatir las reformas pendientes, formuladas hace décadas y respaldadas por amplio consenso social, no debería suponer tanta amargura.

EL PAIS

FOTO: Los diputados aplauden este jueves la aprobación de la reforma del artículo 49 de la Constitución, dirigiéndose a representantes de asociaciones de personas con discapacidad que han asistido al pleno.

Samuel Sánchez

https://elpais.com/opinion/2024-01-19/discapacidad-en-igualdad.html