¿Puedo asegurar mi coche a nombre de otra persona para ahorrar?

Dice el refranero que quien hizo la ley hizo la trampa. Con frecuencia la gente asegura su vehículo a nombre de algún familiar con más años de seguros para ahorrarse unos cuantos euros en el recibo.
La verdad es que si nos ponemos a comparar, hay una gran diferencia entre quienes tienen bonificaciones por buenos antecedentes, y aquellas otras personas que no han tenido nunca un seguro a su nombre. Trataremos seguidamente esta cuestión porque existe una normativa generalizada que siguen las compañías, aunque no todo es color de rosas.
Para intentar entender bien la cuestión que planteamos, debemos saber que en el contrato de seguro intervienen varias figuras. Vamos a tratar aquí aquellas que nos interesan:
– Tomador
– Asegurado
– Conductor.
El tomador: es la persona que contrata el seguro, puede ser propietario del vehículo o no, y puede o no estar declarado en la póliza como conductor. También puede ser una persona jurídica. La ley le confiere una serie de derechos y obligaciones.
El Asegurado: en los seguros de autos, generalmente, corresponde al propietario del vehículo.
El conductor: será aquella persona declarada en póliza, puede ser el tomador, el propietario o bien otra persona distinta.
Una vez contempladas estas tres figuras fundamentales en todo seguro de vehículos, vamos a continuar, pero antes de profundizar más en el tema, tengamos en cuenta lo siguiente:
El tomador del seguro, es la figura que las compañías utilizan como referencia para poder emitir un presupuesto. Si el tomador del seguro es una persona con muchos años de experiencia y con buenos antecedentes, tendrá bonificación y cualquier compañía hará un presupuesto con precios favorables por no tener siniestralidad. Sin embargo, si el tomador del seguro ha ido teniendo siniestros a lo largo de los últimos años, los presupuestos que se soliciten en su nombre, tendrán recargo elevándose los precios.
¿Pero por qué es así?
En 1997, se crea en España por iniciativa del Sector Asegurador, lo que se conoce en el mundillo como TIREA (Tecnologías de la Información y Redes para las Entidades Aseguradoras). Se trata de una empresa externa de soluciones tecnológicas que funciona como un centro de registro e intercambio de información. Los datos por siniestralidad del tomador quedan resgistrados en este centro con su DNI o CIF.
De este modo, las compañías aseguradoras cuando van a emitir un presupuesto, saben de antemano las características del tomador, estableciendo así los precios en función del riesgo que estadísticamente van a asumir, sea cual sea su compañía anterior de procedencia. Sin embargo hay que decir que existen algunas compañías y agencias de suscripción que no están vinculadas a este registro que comentamos, y por lo tanto, utilizan otros métodos de tarificación, no es lo habitual.
Partiendo de esta premisa, tenemos que considerar que un mismo tomador puede tener multitud de pólizas, beneficiándose por sus buenos datos de bonificación en los precios de cada una de ellas, pero al mismo tiempo, los siniestros de cualquiera de esas pólizas, perjudicarán sus antecedentes en un único registro, el registro que se hará de él en TIREA.
A veces, cuando pedimos precio, ocurre que las compañías no pueden conectarse a TIREA por diversas circunstancias (no constan datos del cliente solicitante en el centro registrador, el cliente ha tenido pólizas de seguros pero ya no están en vigor…), en ese caso, los presupuestos se disparan porque las compañías no pueden conocer qué tipo de riesgo es el que van a asumir.
No nos alejemos mucho de lo que nos interesa, pero pongamos encima de la mesa lo referido anteriormente. Ya sabemos que si finalmente ponemos el seguro de nuestro coche a nombre de otra persona, el tomador de la póliza puede verse perjudicado en un momento futuro si tenemos siniestros.

¿En qué momento?

Si el tomador tiene en una misma compañía varias pólizas, y una de ellas es la del vehículo con el que hemos tenido siniestros, el perjuicio lo tendrá en las renovaciones anuales de los seguros que tenga en esa compañía, aunque evidentemente la póliza que se va a disparar de precio es la que ha tenido siniestros (colisiones, asistencias, lunas…) Y si la póliza del vehículo con el que hemos tenido siniestros está en una compañía donde el tomador no tiene otros seguros, éste se verá perjudicado cuando acuda a pedir precio en cualquier otra compañía.

Si todas las partes asumen esto, ¿puedo entonces asegurar mi coche a nombre de otra persona para ahorrar? La respuesta es muy sencilla, depende… ¿De qué? Depende de la edad del propietario del vehículo. ¿Y por qué? Por las normas de suscripción de las aseguradoras.
Desarrollemos esto teniendo en cuenta las figuras que citamos antes:
TOMADOR | ASEGURADO | CONDUCTOR
Si no quieres encontrarte con problemas a la hora de un siniestro, el propietario del vehículo, es decir, la persona que aparece en el permiso de circulación, debe aparecer siempre como asegurado.
TOMADOR | ASEGURADO / PROPIETARIO | CONDUCTOR 
Partiendo de esta base, se pueden dar dos circunstancias:
ASEGURADO = PROPIETARIO ( de entre 18 y 25 años)
En este primer supuesto, es decir, si tienes entre 18 y 25, no vas a poder asegurar el vehículo a nombre de otra persona, es decir, no vas a poder poner de tomador a otra persona para ahorrar en el seguro. ¿Por qué? Porque las compañías se las conocen todas y entienden que quien va a hacer uso del vehículo es el propietario del mismo, independientemente de que al intentar hacer la póliza declaremos como tomador y conductor a otra persona. En este caso, el presupuesto te lo harían en función a las características de tu perfil. No todas las compañías aseguran perfiles de jóvenes y las que lo aseguran lo hacen caro, a menos que recurramos a compañías telefónicas de segunda categoría.
ASEGURADO = PROPIETARIO ( mayor de 25-26 años y 2 años de carnet mínimo)
En este caso, sí podemos poner como tomador de la póliza a otra persona para ahorrar en nuestra póliza de seguros. Además, en la mayoría de las compañías, no sería preciso indicar que el conductor del vehículo es su propietario, podríamos poner perfectamente como conductor al mismo tomador sin afectarle a éste en nada. Es más, cualquier persona autorizada por el tomador del seguro, podría conducir el vehículo siempre que fuese mayor de 25-26 años y tuviera 2 años de carnet como mínimo.
Hasta aquí la norma. Lo correcto, lo que se debe hacer para evitar futuros problemas y lamentaciones.
Pero como ocurre muchas veces, existe la picaresca de algunos que, conociendo estas circunstancias, usan la figura del tomador para todo, lo ponen o se ponen como tomador, como propietario y como conductor, siendo el propietario y/o conductor del vehículo quizás otra persona. De este modo, consiguen garantizarse la póliza a un precio barato, pero el inconveniente viene luego, cuando tenemos un siniestro. Si el siniestro es de daños materiales y la compañía tiene que indemnizarnos, nos pueden aplicar una regla de equidad. En caso de que la compañía deba indemnizar a un tercero por daños materiales o por lesiones, podría repetir luego contra el asegurado.
LaGuíadelSeguro
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