Contratos con operadores telefónicos: ¡cuidado con la letra pequeña!
Los contratos con los operadores telefónicos contienen cláusulas que nos pueden perjudicar. Conocerlas para no caer en ellas y saber cuándo tienes las de ganar al reclamar porque la compañía no ha cumplido el derecho de desistimiento, te penaliza por marcharte o te cobra por el router, te puede evitar muchos problemas.
Atento a los contratos por teléfono
Te formulamos una pregunta sencilla: ¿guardas el contrato con tu operador telefónico? Si es que no, no te preocupes porque te encuentras en la situación más habitual. En los últimos años el mercado de las telecomunicaciones está en constante cambio. Continuamente aparecen ofertas nuevas, con paquetes cada vez más amplios, que las compañías nos ofrecen por teléfono. Es fácil cambiarse de un operador a otro atraído por las tarifas más baratas o los regalos de fibra óptica, móvil o televisión.
Aceptamos por teléfono el cambio al nuevo operador, que se encarga de hacer la portabilidad, nos graban la conformidad… ¡y ya está contratado!
A continuación, la compañía debería enviarnos el contrato en papel con las condiciones generales y particulares, pero no lo suelen hacer. Nos informan de que las condiciones generales del contrato se encuentran en su página web y así lo dan por solucionado.
Si has aceptado en la conversación grabada una condición particular, por ejemplo un compromiso de permanencia de varios meses, así aparecerá en tu ficha de cliente de la compañía, pero no tendrás ningún documento que puedas guardar y consultar a no ser que lo solicites expresamente.
https://www.ocu.org/tecnologia/internet-telefonia/informe/clausulas-contratos-telefonicos