25 noviembre 2024

Tras la sentencia del TJUE, FACUA emplaza a la banca a devolver lo defraudado con las cláusulas suelo

La asociación advierte de que seguirá batallando en los tribunales si los bancos se niegan a reembolsar a los usuarios el dinero de forma amistosa. FACUA tiene abiertos cientos de procedimientos judiciales.

Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la que determina la retroactividad total en la devolución del dinero defraudado con las cláusulas suelo, FACUA-Consumidores en Acción emplaza a la banca a reembolsar a los usuarios todo el dinero defraudado.

La asociación ha habilitado una plataforma, #micláusulasuelo, a la que pueden sumarse todos los usuarios que tienen o han tenido hipotecas con cláusulas suelo para asesorarse sobre las vías para reclamar la recupación de su dinero y conocer qué cantidades les han cobrado fraudulentamente. Pueden darse de alta en la web FACUA.org/miclausulasuelo.

«Si los bancos se niegan a acatar el sentencia del TJUE, seguiremos batallando en los tribunales», ha señalado el portavoz de FACUA, Rubén Sánchez, que muestra la satisfacción de la asociación: «se ha hecho justicia, hoy es un día histórico para la lucha por los derechos de los consumidores».

«En estos momentos, la banca debe valorar si prefiere devolver amistosamente los miles de millones de euros que ha cobrado fraudulentamente con sus cláusulas suelo o va a optar por obligar a los consumidores a acudir a los tribunales, algo que agravará el colapso de los juzgados y, por supuesto, tendrá sus costes», indica el portavoz de FACUA.

FACUA espera que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y los diecisiete presidentes autonómicos reclamen de manera pública e inmediata a la banca la devolución del dinero defraudado a todos los usuarios.

«La banca ha perdido y los consumidores hemos ganado porque el TJUE ha hecho justicia aplicando nuestras leyes», señala Sánchez, «esas leyes que obviaron tanto los gobiernos y sus organismos reguladores como las autoridades de protección al consumidor de las diecisiete comunidades autónomas, permitiendo el fraude de mayor envergadura de la historia de España». Tras exigir sin éxito durante años al Gobierno que tomara medidas ante este macrofraude, FACUA denunció en 2013 a más de una veintena de bancos ante los organismos de consumo de las comunidades autónomas, la mayoría de las cuales se desentendieron del tema; algunas aplicaron multas, pero de cuantías absolutamente ridículas.

El portavoz de FACUA advierte de que «el Tribunal Supremo acaba de recibir un contundente correctivo tras la aberrante sentencia por la que determinó que los bancos podían quedarse con miles de millones de euros defraudados».

Sánchez recuerda que la decisión del Supremo de mayo de 2013 estableció que «la retroactividad de su sentencia generaría el riesgo de trastornos graves con trascendencia al orden público económico, obviando los gravísimos trastornos sufridos por millones de consumidores al hincharse las cuotas de sus hipotecas de manera ilegal». «Las cláusulas suelo contribuyeron a aumentar el índice de desahucios», denuncia Sánchez, «y los desahucios llevaron al suicidio a muchas personas, víctimas de la codicia desmedida de los banqueros y la pasividad de nuestros Gobiernos ante sus prácticas fraudulentas».

FACUA tiene abiertos cientos de procedimientos judiciales, muchos de los cuales no han sido objeto de sentencia porque los jueces estaban a la espera de la sentencia del TJUE. Los usuarios pueden conocer cuánto dinero les tiene que devolver el banco por la aplicación de esta cláusula utilizando el simulador #micláusulasuelo, en la web http://FACUA.org/clausulasuelo.

Protección de los consumidores incompleta e insuficiente

En su sentencia, el TJUE estipula que la limitación de tiempo estipulada por el Supremo en su sentencia resulta una protección de los consumidores «incompleta e insuficiente y no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas«, en contra de lo que exige la Directiva 93/13.

Además, este tribunal recuerda que «la declaración del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación de hecho y de Derecho en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula«, concretamente mediante «la restitución de las ventajas obtenidas indebidamente» por los bancos.

El Tribunal añade que teniendo en cuenta «la exigencia fundamental de una aplicación uniforme y general del Derecho de la Unión Europea«, este órgano «es el único que puede decidir acerca de las limitaciones en el tiempo que hayan de aplicarse a la interpretación que él mismo haya hecho de una norma del Derecho de la Unión«. Y concluye: «Las condiciones estipuladas por los Derechos nacionales no podrán afectar a la protección de los consumidores garantizada por la Directiva«.

La cláusula suelo, incluida durante años por los bancos españoles en las hipotecas de millones de usuarios, pone un límite a las bajadas del euríbor, de tal manera que los consumidores no podían beneficiarse totalmente de una rebaja de los intereses a pagar por su préstamo cuando este índice superaba (a la baja) el límite estipulado por esta cláusula.