¿Qué dice exactamente el artículo 155 de la Constitución?
Copiado casi literalmente de la Constitución alemana, el tan mencionado artículo queda expuesto a muchas interpretaciones
El artículo 155 de la Constitución Española se puso en boca de todos cuando Cataluña comenzó con su desafío soberanista. Mas retó al resto del país con la independencia de Cataluña y el Gobierno respondió con la ameneza de aplicación del artículo 155 de la Constitución que permitiría al Estado suspender la autonomía. Pero, ¿qué es lo que dice realmente dicho artículo y cómo puede utilizarlo el Gobierno?.
Artículo 155
Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
El tan mencionado artículo nunca ha sido puesto en marcha en nuestro país y si se hiciera quedaría expuesto a muchas interpretaciones. En el caso catalán, éste permitiría intervenir al Estado para «garantizar la unidad» del país. Pero ¿de qué manera?
Si Artur Mas desoyese el requerimiento del Gobierno, éste está habilitado para que, con la mayoría absoluta del Senado, «poder dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas». ¿Qué quiere decir esto? Pues que el Gobierno quedaría habilitado para «dar órdenes a los funcionarios autonómicos».
¿Qué pasó en 1978?
Los padres de la Constitución española niegan que el artículo 155 se incluyese en la Carta Magna pensando en Cataluña o en el País Vasco, pero lo cierto es que tuvo varios enemigos antes de ser aprobado. Dicho artículo, que primero iba a ser el 144, luego el 147 o el 149, fue bastante criticado. Francisco Letamendía, de Euskadiko Ezquerra, por ejemplo, se negaba a darle tal poder al Senado y que éste pudiera decidir sobre una comunidad autónoma.
Alianza Popular, con Manuel Fraga a la cabeza, presentó una enmienda para su aprobación. Su protesta iba relacionada con que no permitía el derecho del Gobierno a una intervención directa. También requería que fuese el Congreso el que, con mayoría absoluta, lo aprobara. Fraga alegaba que el Senado podía encontrarse en situación de «incompatibilidad moral». La enmienda no fue sacada adelante.