24 noviembre 2024

Ayudas municipales para la adquisición de material escolar del curso 2017/2018ayuntamiento

La solicitud debe presentarse antes del 15 de septiembre en el área de Servicios Sociales del Ayuntamiento

El Ayuntamiento de Atarfe a través de las Concejalías de Educación y Servicios Sociales y con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades en el derecho a la educación, convoca para el presente Curso Escolar 2017/18 un sistema de ayudas municipales con el propósito de contribuir a sufragar los gastos derivados de la Enseñanza Infantil, Primaria y Secundaria a familias con dificultades de solvencia económica. La dotación económica de esta convocatoria no superará los 7000 € que se distribuirán entre los distintos tipos de ayudas.

2.- La distribución de las ayudas será la siguiente:
a) Para Escuela Infantil: ayudas para material y/o libros según el centro ( 50 €).
b) Para Escuela Primaria o Secundaria: ayudas para material escolar ( 25 €) .

3.- Podrán optar a las mismas las personas que estén empadronadas en Atarfe, con un mínimo de un año, y el alumnado deberá estar matriculado en los centros educativos de la localidad o Escuela Hogar.

4.- El plazo de solicitud estará comprendido entre los días 4 al 15 de septiembre, ambos inclusive.

5.- Para la solicitud deberá rellenarse el impreso específico que se podrá recoger en las oficinas de Servicios Sociales (Calle Dtor. Jiménez Rueda ( junto a Plaza de Abastos).

6.- Además de la solicitud, las familias interesadas deberán presentar la documentación requerida en dicha solicitud.

7.- La lista de los beneficiarios se hará publica el 29 de septiembre en las oficinas de Servicios Sociales y se les entregará el documento para la retirada del material, previa presentación del libro de familia y DNI de los progenitores.

8.- Tras la resolución, publicación y entrega de las ayudas, la convocatoria queda cerrada. Dichas ayudas son de carácter anual e improrrogables.

9.- Los beneficiarios deberán retirar el material en las librerías de Atarfe adscritas a esta convocatoria.

10.- La falsedad u ocultación de los datos en la petición de la ayuda, conllevará la anulación de dicha ayuda o reclamación de la cantidad otorgada.