23 noviembre 2024

Ausbanc gana tres sentencias en el Tribunal Supremo en beneficio de los usuarios en materia de cláusula suelo

En menos de dos años la asociación ha obtenido tres sentencias favorables para los usuarios de banca: dos colectivas y una individual

La sentencia del Pleno de la Sala Primera de 9 de mayo de 2013 se ha visto confirmada y reforzada por las de 24 y 25 de marzo de 2015. Las delegaciones de Bilbao y Córdoba iniciaron las correspondientes demandas en instancia, individual en el primer caso y colectiva en el segundo

Sentencia del TS de 9 de mayo de 2013

La primera de estas sentencias tiene su origen en la demanda presentada por la delegación de Ausbanc en el Juzgado Mercantil nº 2 de Sevilla con fecha 30 de septiembre de 2010. Tras la correspondiente apelación a la sentencia favorable obtenida en instancia por parte de las tres entidades condenadas, Ausbanc presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, obteniendo la sentencia de fecha 9 de mayo de 2013 que declara la nulidad de las cláusulas suelo incluidas en los contratos de préstamo hipotecario a tipo de interés variable de BBVA, Caixa Galicia y Cajamar: un banco, una caja de ahorros y una cooperativa de crédito. Con esta sentencia 800.000 usuarios vieron reducidas sus cuotas mensuales del préstamo hipotecario en una media de 200 € al mes.

Con fecha 3 de junio de 2013, a solicitud de las entidades condenadas, la Sala Primera emitió auto aclaratorio en el cual se ratificaba en la declaración de nulidad de la cláusula suelo y señalaba expresamente que BBVA era la entidad que adolecía mayor falta de claridad en sus contratos por “su ubicación entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor…”

En un nuevo intento de dar una vuelta de tuerca a esta sentencia, BBVA y Cajamar promovieron separadamente un incidente de nulidad de actuaciones contra la sentencia que fue desestimado por la Sala Primera en auto de fecha 6 de noviembre de 2013. Este incidente coincidió con una intensa campaña por parte de las entidades cuyos representantes legales fueron llamados a comparecer incluso ante la Subcomisión de Transparencia de Productos Financieros e Hipotecarios del Congreso de los Diputados, en un intento descarado de que ésta, tras las respectivas comparecencias, influyera en la decisión del Tribunal Supremo que finalmente quedó plasmada en el citado auto. Curiosamente Ausbanc, autor técnico e intelectual de la demanda, no fue llamado por nadie para emitir su opinión.

Sentencia del TS de fecha 24 de marzo de 2015

La misma Sala Primera del Tribunal Supremo, de nuevo constituida en Pleno, con fecha 24 de marzo de 2015 desestimó el recurso de apelación interpuesto por Cajasur contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba, en su intento de desactivar las medidas cautelares ejecutadas en beneficio de 40.000 familias cordobesas y de otras provincias andaluzas, confirmando por lo tanto la nulidad de la cláusula suelo y asegurando a los beneficiarios que no tendrían que devolver las cantidades no pagadas por la no aplicación de la cláusula suelo.

Sentencia del TS de fecha 25 de marzo de 2015

Un día más tarde, el Pleno de la Sala vuelve a dictar sentencia confirmatoria de la sentencia de mayo de 2013, en apelación proveniente de la Audiencia Provincial de Álava, confirmando la nulidad de la cláusula suelo y fijando como doctrina que procederá la devolución de los intereses indebidamente cobrados en virtud de esta cláusula desde la fecha de publicación de la STS de 9 de mayo de 2013.

Estas tres sentencias confirman a Ausbanc Abogados como la entidad que más ha conseguido en favor de los usuarios de servicios financieros en España, habiendo beneficiado a más de un millón de personas, familias y empresas con esta tres sentencias y con los otros muchos cientos de sentencias que, en materia de cláusula suelo y en otras, nuestros servicios jurídicos vienen ganando en todas y cada una de nuestras delegaciones tanto a nivel de instancia como de Audiencia Provincial.

Además, gracias a la labor de Ausbanc Abogados, se ha consolidado la doctrina sobre el doble control de transparencia y la doctrina sobre la devolución de cantidades en acciones individuales.