23 noviembre 2024

El Supremo avala la condena a 7 años de inhabilitación del arquitecto de Atarfe

Confirma que el acusado emitió «un informe prevaricador» que permitió la construcción de dos bloques de pisos en un terreno destinado a equipamiento

Luis Gustavo G.C., el arquitecto del Ayuntamiento de Atarfe que se ha visto inmerso en diversos procesos penales por las decisiones urbanísticas que adoptó durante su mandato el socialista Víctor Sánchez, no podrá ejercer durante siete años como arquitecto de ningún ayuntamiento. El Tribunal Supremo (TS) acaba de avalar la condena que le impuso la Audiencia de Granada por emitir un informe «prevaricador» que permitió la construcción de dos bloques de pisos en terreno destinado a equipamiento.

En su resolución, dictada el 11 de enero y a la que ha tenido acceso IDEAL, el alto tribunal ratifica el fallo del tribunal granadino, que le impuso seis meses de prisión por un delito contra la ordenación del territorio además de los 7 años de inhabilitación especial para el cargo de arquitecto municipal del Ayuntamiento de Atarfe. Dicha inhabilitación comprendía, según estableció la Audiencia, «la pérdida definitiva de ese concreto cargo, así como la imposibilidad de obtener el mismo u otro similar como técnico en ese o cualquier otro ayuntamiento durante el tiempo indicado».

Los magistrados del Supremo desestiman así todos los motivos esgrimidos por la defensa del procesado salvo uno: el relativo a la imposición de costas. Y es que la Audiencia, en su fallo, emitido el 7 de octubre de 2016, le impuso parte de las costas. El TS le libra ahora de pagar las de la acusación popular, al entender que su actuación no fue especialmente relevante para que se incluyeran en las costas procesales los gastos correspondientes a su acción procesal.

Sobre la operación urbanística que le llevó al banquillo, que culminó con la construcción del Residencial La Estrella de Atarfe, se fraguó durante el gobierno municipal de Víctor Sánchez, para quien todos los procesos se están archivando provisionalmente debido a su delicado estado de salud. En su marco, el arquitecto emitió el preceptivo informe técnico «a un proyecto que no se correspondía con la clasificación equipamental del solar ni con un uso de interés social asistencial o sanitario asociado al carácter del suelo de acuerdo con la normativa urbanística del municipio», recordó ayer Marta Gutiérrez, la entonces presidenta de Adobe, arquitectura y compromiso social, que junto con Salvemos la Vega y Ecologistas en Acción se constituyeron en acusación popular. El informe por el que ha sido condenado indicaba que a la vista del proyecto y teniendo en cuenta los planes de urbanismo vigente en el municipio, procedía otorgar licencia municipal de obra, con la condición de equipamental.

«Al mejor postor»

Sin embargo, en lugar de construirse el residencial para personas mayores inicialmente previsto, «se construyeron edificios con un par de rampas con barandillas», explicó Gutiérrez, al tiempo que señaló que «en las escrituras ponía que lo vendieran preferentemente a personas mayores pero luego lo vendieron al mejor postor». Gutiérrez, que se mostró satisfecha por el desenlace de este asunto, recordó que hace once años de este caso. Explicó por aquel entonces se vendió por 60.000 euros, aproximadamente, suelo público destinado a equipamiento, «donde se permitió que un constructor edificara 116 viviendas, con locales y garajes, que el promotor vendió por unos 4,5 millones de euros». Los bloques se levantaron entre 2002 y 2006. Esta actuación, a la que se refirió como el ‘caso Espartero’ -ese era el apellido del constructor, que fue absuelto- , supuso «un gran beneficio particular y un enorme perjuicio para el Ayuntamiento y el conjunto del municipio por la pérdida de suelo y equipamiento público».

De igual modo, denunció que esta era «una práctica habitual» del entonces alcalde del PSOE Víctor Sánchez, que dejó un Ayuntamiento endeudado y con «graves» carencias para la población. «Esperamos que este sea un paso más para evitar que se repitan estas prácticas de corrupción urbanística que han dejado a muchos ayuntamientos arruinados», expresó a través de un comunicado remitido a este diario.

En su fallo, el TS respalda la valoración que hizo la Audiencia sobre el papel jugado por el arquitecto, pues «incumplió su función de garantía al emitir el informe en el que aseguraba la condición de equipamiento y la acomodación a los planes de urbanismo, lo que no era cierto». Así, pone de relieve que los peritos que declararon en el juicio, entre ellos el arquitecto jefe del servicio de la Junta, «negaron la posibilidad de que un particular pudiera llevar a cabo una promoción de viviendas en ese suelo».