¿Cuál es la diferencia entre migración, asilo y refugio?

Aunque se confundan habitualmente, los términos “migrante”, “solicitante de asilo” y “refugiado” no son sinónimos: cada uno exige unos requisitos e implica distintos niveles de protección. Conviene distinguirlos en esta época de crisis de refugiados, cierre de fronteras y aumento de la xenofobia a nivel internacional.

En pleno apogeo de los discursos nacionalistas y xenófobos, resulta fundamental saber en qué se diferencian los conceptos de “migrante”, “solicitante de asilo” y “refugiado”, a los que se añade “desplazado interno”. El más general es el primero, que se refiere a las personas que se mueven de un punto a otro pero que no lo hacen huyendo de un conflicto, sino por mejorar sus condiciones de vida. Normalmente se utiliza para hablar de migración internacional, aquella cuyo país de destino es distinto al de partida. Hay muchos motivos por los que una persona puede escoger o verse forzada a emigrar, pero los más habituales son de tipo económico.

¿Quieres recibir contenidos como este en tu correo?

Los solicitantes de asilo son personas que piden protección en un país extranjero, el paso previo a obtener la condición de refugiado. Así pues, las personas que piden asilo deben esperar a que el país donde lo han hecho se lo conceda, procedimiento que puede alargarse enormemente. En 2018 se estimaba que había 3,5 millones de solicitantes de asilo en el mundo. Si su solicitud de asilo es aprobada, los solicitantes pasan a disfrutar de la condición de refugiados. 

 

Por último, los refugiados son personas que gozan de protección internacional en el extranjero cuando en su propio país ven amenazada su vida por motivos religiosos, políticos, étnicos, sociales o de nacionalidad. Algunos países africanos y latinoamericanos también han ratificado acuerdos que consideran que vivir en un lugar en que se den guerras o enfrentamientos, aunque estos no supongan una amenaza contra esa persona individual, es circunstancia suficiente para conceder el estatus de refugiado. En 2019 había 25,9 millones de refugiados en todo el mundo. Los desplazados internos, por su parte, también huyen de conflictos o persecución, pero no han podido salir de su país, por lo que no pueden acceder a la protección de un Gobierno extranjero.

El estatuto del refugiado está recogido en la Convención de Ginebra de 1951, suscrita por 142 Estados. Los firmantes están obligados a garantizar la seguridad de los refugiados no devolviéndolos a sus países de origen y protegiendo sus derechos humanos, incluyendo su acceso a educación, sanidad y trabajo, entre otros. Para ocuparse de estas cuestiones, la ONU creó el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). Este organismo se encarga de atender las necesidades de desplazados internos, refugiados y solicitantes de asilo, así como de facilitar su ubicación en países de acogida o su retorno a su país de origen.

En definitiva, cualquier persona que se traslada puede ser considerada un migrante. Por su parte, los solicitantes de asilo son aquellos que han pedido acceder a la condición de refugiado y cuyo caso se está examinando, mientras que los refugiados ya han sido reconocidos como personas en peligro si regresan a sus países de origen y gozan de protección por ese motivo. Los desplazados internos, por su parte, también ven su vida amenazada pero no han podido salir de su país de origen. Además, la Unión Europea también contempla otro tipo de protección a extranjeros: la protección subsidiaria, que se aplica a quienes no cumplan los requisitos para ser reconocidos como refugiados pero aún así puedan sufrir riesgos si vuelven a sus países de origen, como enfrentarse a pena de muerte, por ejemplo.

Fuente: Matt Brown (Flickr)
A %d blogueros les gusta esto: