3 diciembre 2024

Juana Rivas podrá viajar a Italia a ver sus hijos «sin limitación»

La granadina está «muy contenta» con la decisión de la Audiencia de suspenderle la pena tras haber obtenido el indulto parcial del Gobierno, según su defensa

El recurso interpuesto ante la Audiencia Provincial de Granada por Juana Rivas, la madre de Maracena a la que el Gobierno concedió el indulto parcial tras ser condenada por la sustracción de sus dos hijos menores, ha prosperado y, ahora, Juana Rivas podrá viajar a Italia a ver a sus hijos o donde ella quiera sin problema y sin limitación alguna.

El tribunal provincial ha acordado suspenderle la pena de prisión que se le había impuesto, eso sí con la condición de que participe en programas de parentalidad positiva, algo que había solicitado el abogado del padre de los menores, el italiano Francesco Arcuri, que ejerce la acusación particular.

De este modo, si Juana Rivas no acudiera a los citados cursos o cometiera un nuevo ilícito durante el plazo de suspensión que se concede, que es de tres años, podría dar lugar a que se revoque el beneficio de la suspensión.

La granadina, que trajo a España y mantuvo ocultos a sus dos hijos durante un mes en el verano de 2017 para no devolvérselos a su expareja, estaba cumpliendo pena en su domicilio con un brazalete de control telemático desde finales del año pasado y aún le quedaba alrededor de medio año de condena.

La madre de Maracena estaba cumpliendo condena en su domicilio con una pulsera telemática

Su defensa solicitó la suspensión de la pena el 18 de noviembre pasado, después de que el Gobierno le concediera el indulto parcial y dejara en la mitad la condena de dos años y medio que fijó el Tribunal Supremo (TS). Lo pidió al titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, el magistrado Manuel Piñar, quien se lo denegó el 9 de diciembre pasado, recurriendo entonces la defensa su negativa.

IDEAL ha tenido acceso al auto dictado por la Sección Primera de la Audiencia que hará que Juana Rivas se pueda quitar la pulsera telemática en breve. Se trata de una resolución de 18 páginas, fechada el 23 de marzo, y que es firme. En ella se estima parcialmente el recurso de la madre de Maracena y se indica que para acordar esta suspensión se ha tenido en cuenta «que tanto la acusación pública como la particular han estado conformes» con su concesión.

La Audiencia recuerda que no existen responsabilidades civiles que pagar, puesto que Juana Rivas ya abonó a su expareja los 12.000 euros fijados de indemnización. Además, no tiene otros antecedentes; solo ha cometido el delito de sustracción de menores que le ha llevado a este laberinto judicial. Por ello, al tribunal le parece «adecuado» conceder el beneficio.

Asistencia «necesaria»

La asistencia a estos programas «se considera necesaria –agrega la Audiencia– para evitar la comisión de nuevos delitos» por parte de la granadina. Esta justificó su decisión de traer sus hijos consigo a España en 2016 en unos supuestos –y hasta ahora descartados judicialmente– malos tratos de su expareja mientras residían ambos en Carloforte, al sur de Cerdeña. Allí Arcuri regenta una hospedería.

Los magistrados de la Sección Primera no ven que someterla a esa obligación sea «ni excesiva ni desproporcionada», pues el propio abogado de Arcuri, Enrique Zambrano, se había mostrado a favor del citado plan de parentalidad positiva, si bien pedía que no fuera impartido por el Centro de la Mujer de Maracena.

Al margen de esta resolución, ayer trascendió también que el letrado de Arcuri ha solicitado al TS que anule el indulto concedido a su expareja. El motivo, según Europa Press, es que entiende que fue arbitrario porque se adoptó «a pesar de las irregularidades manifiestas del expediente» y toda vez que se concedió de forma «exprés», «muy por debajo de la media de resolución, que se halla en ocho meses».

Juana Rivas llegó a ingresar en el Centro Penitenciario de Inserción Social de Granada ‘Matilde Cantos’ el 11 de junio del año pasado y obtuvo el indulto parcial del Ejecutivo de Pedro Sánchez cuando llevaba cinco meses cumpliendo condena en ese recinto.

Indulto parcial

El Gobierno le redujo la pena a un año y tres meses de prisión y 180 días de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, de modo que ya reunía los requisitos que establece la ley para poder beneficiarse de la suspensión (ser la pena impuesta menor o igual a dos años, no tener antecedentes penales y haber pagado la indemnización). Sin embargo, el juez Piñar no accedió.

La custodia de sus dos hijos menores fue concedida por la justicia italiana a Arcuri de forma exclusiva, al tiempo que se estableció un régimen de visitas para la madre.

Ahora, según manifestó ayer a la prensa su abogado defensor, «podrá ver a sus hijos también en Italia cuando quiera», por lo que se encuentra «muy contenta». Ya no tendrá «ninguna limitación» para poder viajar al país transalpino o donde ella decida y podrá ver a sus vástagos sin que ellos tengan que venir a España.

YENALIA HUERTAS

La madre de Marecena, junto a la que fue su asesora en el Centro de la Mujer en el municipio, en una foto de archivo / Pepe Marín

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