¿Podrá tu vehículo acceder a las ciudades con las Zonas de Bajas Emisiones?
Conoce los vehículos que podrán acceder a las ciudades cuando se implanten las Zonas de Bajas Emisiones.Con la nueva normativa se pretende disminuir la contaminación en los grandes núcleos de población
Dentro de la Ley del Cambio Climático uno de los principales puntos que contempla es la reducción de emisiones contaminantes en el interior de las ciudades. Esta nueva normativa entrará en vigor a partir del 31 de diciembre de 2023.
Así queda poco más de un año para que los municipios con más de 50.000 habitantes para optar por reducir las calles en los que se puede acceder con vehículos o que los propietarios adapten los motores a la nueva normativa.
Así en cuanto a los vehículos, deberán portar una etiqueta por la que se identifica su impacto ambiental. Así, existen cuatro categorías de clasificación impuestas por la DGT:
- Etiqueta 0 emisiones, Azul: Identifica a los vehículos más eficientes. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos de batería (BEV) , eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible. Con esta etiqueta puedes acceder donde quieras, incluso aparcando gratis en zona de estacionamiento regulado.
- Etiqueta Eco: Los siguientes en el escalón de eficiencia, se trata en su mayoría de vehículos híbridos, gas o ambos. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). Deben cumplir los criterios de la etiqueta C. Con la etiqueta ECO tienes, al menos de momento, los mismos privilegios que con la 0, con la salvedad de dos beneficios importantes: no puedes circular por los carriles BUS-VAO, y sí puedes aparcar dentro de las ZBE, pero pagando.
- Etiqueta C, Verde: Vehículos de combustión interna que cumplen con las últimas emisiones EURO. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014. ). Los automóviles con etiqueta C pueden acceder a las ZBE pero no aparcar dentro de ellas (obligatorio en párking), mientras que fuera de las ZBE pueden circular con total libertad y también aparcar en zonas de estacionamiento regulado.
- Etiqueta B, Amarilla: Vehículos de combustión interna que si bien no cumplen con las últimas especificaciones de las emisiones EURO, sí que lo hacen con anteriores. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2006. No hay grandes diferencias en cuanto a restricciones de circulación respecto al distintivo C, aunque sin duda alguna, con el tiempo la etiqueta B perderá privilegios mucho antes que la C. Aparte, aparcar en zonas de estacionamiento regulado con un vehículo con etiqueta B sale más caro que con un C, puesto que acarrea una penalización del 20%.
- El resto de los vehículos, el 50% más contaminante, no tiene derecho a ningún tipo de distintivo al no cumplir los requisitos para ser etiquetado como vehículo limpio y por tanto tienen prohibido entrar en las ZBE.
Cristian Castro
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