La propuesta del PSOE para la ‘ley del sí es sí’ que se debate en el Congreso: penas más altas para las agresiones con violencia o intimidación

La reforma de los socialistas sobre la Ley Integral de Libertad Sexual incrementa entre uno y dos años con carácter general las penas mínimas o máximas de los supuestos más graves

La propuesta del PSOE para reformar la ley de libertad sexual, cuya toma en consideración votará este martes el Congreso, eleva las penas de las agresiones sexuales cometidas con violencia o intimidación. Este cambio implica recuperar en gran medida el marco penal anterior a la ley del solo sí es sí, en la que para dar cabida en el delito de agresiones sexuales a las conductas más leves —antes tipificadas como abusos— se rebajaron algunas penas. Eso es lo que ha dado lugar a que muchos delincuentes sexuales condenados con la ley anterior vean reducido su castigo. El primer recuento oficial del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), publicado el jueves, cifra en 721 las penas ya rebajadas.

De salir adelante, la propuesta socialista solo se aplicará a las agresiones cometidas una vez que esta entre en vigor, por lo que no evitará que se sigan produciendo reducciones de penas de delincuentes condenados antes de esta reforma o pendientes de juzgar, ya que la ley obliga siempre a aplicar al reo la norma penal más favorable. No obstante, servirá para evitar que, en un futuro, las agresiones más graves puedan saldarse con una pena más baja de la que preveía el Código Penal anterior a la ley del solo sí es sí. Para ello, los socialistas proponen un subtipo agravado de agresión que se aplique a aquellos casos cometidos con violencia, intimidación o sobre una víctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad (lo que penaliza, por ejemplo, las agresiones bajo sumisión química). También se incrementa el castigo en las agresiones a menores para volver al escenario anterior, lo que supone elevar las mínimas en unos supuestos y las máximas en otros.

La iniciativa del PSOE ha disparado la tensión con sus socios de Podemos, para quienes distinguir con una pena más elevada las agresiones sexuales con violencia o intimidación implica establecer de nuevo distintas categorías de agresiones en función del medio utilizado para cometerlas. Esto, según las responsables del Ministerio de Igualdad, obligará a la víctima a enfrentarse a duros interrogatorios para probar la gravedad del ataque. Los socialistas rechazan esta interpretación y aseguran que su propuesta no cambia nada en ese sentido, porque para determinar la pena con la ley del solo sí es sí también deben probarse todas las circunstancias que rodearon la agresión, incluida la existencia de violencia o intimidación.

Así quedarían las penas en el Código Penal si sale adelante la reforma, tal y como propone el PSOE:

Fuente: Ley Orgánica 10/1995 y Ley Orgánica 10/2022.

Incremento de las penas máximas o mínimas

El texto registrado por los socialistas deja intacta la pena (entre uno y cuatro años de cárcel) para el tipo básico de agresión, recogido en el artículo 178 del Código Penal, pero incorpora un subtipo agravado (artículo 178.3) que dice así: “Si la agresión se hubiera cometido empleando violencia, intimidación o sobre una víctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad, su responsable será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión”. Este mismo ajuste se aplica en las agresiones con penetración, reguladas en el artículo 179. La ley de libertad sexual redujo en dos años la pena mínima para estos supuestos —que pasó de seis a cuatro— para dar cabida a los antiguos abusos. La reforma del PSOE lo mantiene, pero crea una modalidad agravada que sube el castigo mínimo a seis años cuando exista violencia, intimidación o se actúe sobre una víctima con la voluntad anulada. La pena máxima, de 12 años, no se toca.

Penas más altas si hay agravantes

Se modifica el artículo 180 del Código Penal, que establece la pena para los casos en los que concurran una serie de agravantes (violencia extrema, violaciones múltiples, agresiones a personas vulnerables, relación de parentesco, uso de armas…). La reforma del PSOE incrementa el castigo en estos casos cuando, además de estas circunstancias, hubiera violencia o intimidación. La ley del solo sí es sí contempla de dos a ocho años para el tipo básico de agresión con agravantes y de siete a 15 años en los casos con penetración. La reforma socialista introduce otros dos supuestos: de cinco a 10 años de cárcel para las agresiones con agravantes y violencia, y de 12 a 15 años en las agresiones con penetración, violencia y agravantes.

Agresiones a menores: sube dos años la pena mínima

También se vuelve a las penas mínimas que había ates de la ley de libertad sexual en las agresiones sexuales a menores de edad. Cuando haya penetración, se castigará con entre ocho y 12 años de cárcel (ahora el mínimo son seis); si hay violencia o intimidación, la pena estará entre los 12 y los 15 años (ahora el mínimo son 10). En el nuevo tipo agravado de agresiones a menores se incluyen también las agresiones cometidas sobre menores que por cualquier causa tengan anulada su voluntad, que en la ley del solo sí es sí estaban en el tipo básico.

Reyes Rincón

FOTO:
El portavoz del PSOE en el Congreso de los Diputados, Patxi López y la secretaria de Igualdad en la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE, Andrea Fernández, durante una rueda de prensa después de registrar su propuesta de reforma para la ‘ley del solo sí es sí’, el 6 de febrero. Foto: GUSTAVO VALIENTE (EUROPA PRESS) | Vídeo: EUROPA PRESS
https://elpais.com/espana/2023-03-07/penas-mas-altas-para-las-agresiones-con-violencia-o-intimidacion.html
 
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