23 noviembre 2024

La construcción de la carretera de Alcalá la Real, durante 1868 además de servir para descubrir determinados objetos arqueológicos, tal como pone de manifiesto Gómez Moreno en su “Medina Elvira”, fue la solución encontrada por los gobernantes para paliar la demanda efectuada por los jornaleros granadinos que a principios de ese año pedían la bajada del pan.

Lean esta noticia publicada el 4 de marzo de 1868, en varios periódicos:
 
<<Las siguientes noticias que tomamos de una carta de Granada que publica uno de nuestros colegas, confirman las contenidas en los partes de que dio lectura en las Cortes el duque de Valencia. Lleva la fecha del 26, y dice así la citada correspondencia: «Ha continuado en el día de hoy la agitación. Después de una noche desapacible y lluviosa y cuyo silencio, como dije ayer, ha sido únicamente interrumpido por las patrullas ce caballería, han aparecido por la mañana bandos en los principales puntos, considerando como sedicioso todo grupo de más de seis personas. Este bando impreso estaba al lado de un anuncio manuscrito en que se decía venderse pan a catorce cuartos en las plazas de San Agustín, de la Verdura y Pescadería, etc., que este precio no regiría el día siguiente sino para los pobres que se presentaran con papeleta del inspector de vigilancia, y últimamente se decía que se daba a todos trabajo en la carretera de Atarfe (a unas dos leguas de aquí) a cinco reales de jornal. A las nueve de la mañana una gran multitud partía de las antedichas plazas a los gritos de ¡pan a ocho cuartos]. No ha habido otro grito que este. Esto ocasionó en las plazas de la Constitución (más conocida aquí por Viva Rambla), Nueva del Carmen y Carrera, nuevas corrida y pedreas, contestadas con descargas al aire y cargas de caballería. A las once establecióse en la Carrera una guerrilla que de vez en cuando abría paso a algunos soldados de caballería, los cuales, lanza en ristre, se bifurcaban en calles y callejuelas en persecución de los amotinados. La lluvia continuaba, aunque menuda. Despejadas algún tanto las avenidas por el Teatro, calle de San Antón y Recogidas, abrióse otra nueva guerrilla que avanzó con fusil preparado, registrando uno por uno a cuantos encontraba a su paso. Esto me sucedió a mí; pero afortunadamente, según mi costumbre, no llevaba encima ni siquiera un cortaplumas. A las tres ocurrió un ligero desorden en la calle de San Juan de Dios y en la espaciosa plaza del Triunfo, motivado por los trabajadores que, teniendo en su poder las herramientas para el trabajo que se les habían entregado, no fueron comprendidos en la lista de aquellos a quienes se debía pagar hoy mismo su jornal de cinco reales, un piquete de diez caballos, y sobre todo el haberse agotado el dinero para pago de jornales, fueron bastante para calmar este desorden y disolver los grupos. Los que han cobrado se han llevado las herramientas. A las cinco se ha fijado otro bando de la capitanía general manifestando que, siendo excesiva la demanda de pan, se pondría desde mañana 27 a disposición del pueblo mil raciones de las contratadas para el ejército, a ocho cuartos la ración de libra y media. A las cinco y media he visto pasar perfectamente custodiados 48 presos que han conducido a la cárcel alta, sita en la Plaza Nueva. A las seis y media ya quedaba restablecido el paso por las avenidas principales. Han corrido rumores de desórdenes en Churriana, en Santa Fe, a dos leguas de aquí.»>>
 
Además, podemos leer lo publicado el 28 de febrero de ese mismo año, en el Boletín Oficial de Granada:
 
<<En el Boletín oficial de Granada del sábado último leemos la siguiente circular que el capitán general del distrito ha dirigido a los alcaldes de toda la provincia: «Capitanía general de Granada. —Estado mayor. —Sección 3.’—Declarada la provincia en estado de guerra por consecuencia de pedir turbas amotinadas en esta capital la rebaja en el precio del pan, dispersados los grupos a viva fuerza y resuelto como me hallo a sostener el orden público donde quiera que pueda turbarse, creo de mi deber hacer extensivo á esa población el estado citado y dirigirme a V. , no solo noticiándoselo, sino dándole instrucciones claras y precisas a que debe sujetarse estrictamente y ceñir su conducta en todo caso y circunstancias. El haberse presentado en algunos pueblos de la Vega bandas más o menos numerosas pretendiendo la legitimación del robo y de toda clase de desmanes, debe probar a las gentes sensatas la obligación indeclinable en que todos se hallan de repeler con la fuerza tan criminales intentos, de echar a un lado nimios recelos y ponerse firme y resueltamente al lado de la autoridad, contribuyendo a robustecer su influencia legítima y bienhechora. Obrar de esta manera es defenderse y escudarse a si propio.
Mí autoridad estará en todas partes, acudirá a todas las necesidades y castigará con inexorable rigor y mano fuerte a los perturbadores del sosiego público. i A conseguir este objeto, á uniformar y dar unidad a los esfuerzos de todos los buenos, se dirigen las bases generales siguientes:
1. Los señores alcaldes reunirán en el acto a los vecinos honrados que se hallen autorizados para uso de armas; se pondrán de acuerdo con estos y convendrán en un punto de reunión a propósito para hacer frente desde él y rechazar a viva fuerza la presencia de cualquier grupo de gente sospechosa que penetre en la población. Elegiré la más estrecha responsabilidad y someteré al tribunal militar a la autoridad al vecino que desoiga mi voz, separándose de estos principios.
2. Los señores alcaldes con los individuos de ayuntamiento y mayores contribuyentes escogerán los medios que su patriotismo les sugiera, para conjurar en lo posible la miseria pública, dándome cuenta inmediata del resultado que esto produzca.
3. De cada población será despedida la gente proletaria que no se halle avecindada en la misma, o no tenga ocupación conocida.
4. En los choques que pudieran tenerse con gente alborotadora, se harán cuantos presos fuere posible, poniéndolos a mi disposición con las primeras diligencias y las armas que se les hubiesen ocupado, para quo el consejo de guerra los juzgue sumaria y brevemente.
5. Columnas que haré salir de la capital recorrerán los pueblos de la provincia y secundarán las disposiciones de los señores alcaldes.
6. Los alcaldes que demostraren abandono o tibieza en sus deberes, y los vecinos que desoigan la voz de la autoridad, serán tratados y considerados por mí como auxiliadores de los revoltosos.
7. Los señores alcaldes se hallan en la obligación ineludible de trasmitir por el medio más rápido a mi autoridad cuantas novedades juzguen dignas de mi conocimiento.
Al noble ejemplo dado por alcaldes dignísimos, en los últimos sucesos me hacen esperar que en los de los pueblos de la provincia tendré mucho que, elogiar, nada que castigar, y el bando que recibirá Vd. lo hará fijar en el momento en el paraje más público de esa población, adoptando además las oportunas disposiciones para que con la mayor rapidez sea conocido de todos. Del recibo de esta circular me dará Vd. inmediato aviso. Dios guarde á Vd. muchos años. Granada 28 de febrero ce 1868. Antonio María Blanco.>>
 
En la fotografía cercanías de la carretera de Córdoba, en donde se encontraron en 1868, aquellos objetos arqueológicos, durante la construcción de la misma.
 
Gacetilla y curiosidades elvirenses.