ATARFE QUIERE MAYOR SEGURIDAD CIUDADANA
El Ayuntamiento de Atarfe sigue trabajando para cumplir el compromiso de velar por la seguridad de todos los Atarfeños y Atarfeñas.
¿Qué ocurre con las cámaras en la calle?
¿Puede un ayuntamiento colocar cámaras de vigilancia exterior? ¿O puede un ayuntamiento colocar cámaras de vigilancia a la pared, por ejemplo, sobre las puertas de acceso? ¿Y en la vía pública, es decir, en las calles, plazas y barrios del municipio?
La respuesta para cualquiera de estas preguntas es la misma que ya dimos para la instalación de cámaras en espacios públicos; poner cámaras de vigilancia en la calle requiere cumplir con lo establecido en la Ley 4/1997 y el Real Decreto 596/1999, es decir, hay que pedir autorización previa al Delegado del Gobierno. Además, hay que tener en cuenta la legislación autonómica, que en muchos casos no permite la instalación de cámaras en la vía pública, si la localidad no cuenta con un cuerpo de Policía Local.
Cabe recordar que la instalación de cámaras de vigilancia en la vía pública compete únicamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Y que para la instalación de estas cámaras se deben tener en cuenta el principio de proporcionalidad y los criterios de intervención mínima e idoneidad, es decir, que las cámaras sean el medio más adecuado para conseguir el fin perseguido (mantener la seguridad ciudadana), ponderándolo siempre frente al derecho al honor, a la propia imagen y la intimidad de las personas.
Estas cámaras no podrán, en ningún caso, grabar el interior de viviendas, ni espacios privados, ni en aquellos lugares públicos en los que se afecte de forma directa y grave a la intimidad de las personas. La captación de audio queda prohibida, salvo que lo autorice una orden judicial.