España, primer país en prohibir el falso Síndrome de Alienación Parental
España, primer país en prohibir el falso Síndrome de Alienación Parental: «Pedimos perdón a todas las niñas y niños que no han sido escuchados»
El Consejo de Ministros y Ministras ha aprobado la reforma de la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI).
El Consejo de Ministros y Ministras ha dado luz verde a la ampliación de la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), una reforma promovida por el Ministerio de Juventud e Infancia para reforzar la protección de los derechos de las personas menores de edad en nuestro país. Se trata de «una herramienta fundamental» que «nos coloca en la vanguardia de los derechos de las infancias», ha expresado Sira Rego durante la rueda de prensa tras la reunión en Moncloa.
La ministra ha explicado que una de las herramientas sobre las cuales se ha apoyado la ley es la macroencuesta de prevalencia de la violencia contra las infancias, que «daba datos bastante dolorosos que nos decían que casi la mitad de las personas había sufrido violencia psicologica en su infancia, cuatro de cada diez, fisica; y casi tres de cada diez, violencia sexual». «Esta macroencuesta daba cuenta de un problema estructural«, ha insistido Rego.
El objetivo de la reforma es que las violencias «pasen a ser parte de lo público, de las políticas públicas» y dejen de verse como algo que ocurre en el terreno de lo privado. Así como de romper con una cultura que las minimiza. Por ello, se ha elaborado «desde una perspectiva de infancia» que rompe con el «adultocentrismo» y pone en el centro «el buen trato».
«Es importante reconocer que España tiene una deuda con parte de sus infancias. Durante años se ha dudado de su palabra y se ha señalado y criminalizado a las mamás protectoras. Lo primero que tenemos que hacer es reconocer la realidad, nombrarla, asumira y pediros perdón a todas la niñas y niños que no han sido escuchados. No podemos ser neutrales ante la violencia. Esta ley nace de esta conciencia», ha reivindicado Rego. «España es el primer país en prohibir por ley la aplicación del Síndrome de Alienación Parental«, ha remarcado.
Algunas novedades que introduce la reforma de la LOPIVI
Entre las principales novedades, la reforma reconoce el derecho de todos los niños y niñas a ser escuchados en cualquier procedimiento que les afecte, sin limitaciones de edad. Hasta ahora, este derecho estaba condicionado a partir de los 12 años.
El texto también ha reforzado el principio del interés superior del menor, obligando a jueces y administraciones a justificar de manera clara cómo sus decisiones garantizan el bienestar físico, emocional y psicológico de los niños y niñas. La ampliación de la LOPIVI establece que este principio no puede interpretarse de forma que implique mantener al menor con un agresor o presunto agresor.
Otro de los puntos es la prohibición expresa del uso del llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP) y de cualquier planteamiento similar sin base científica. La reforma impide que este tipo de informes se utilicen en procesos judiciales o administrativos y permite recurrir decisiones que se hayan apoyado en ellos, con el objetivo de proteger tanto a los menores como a quienes denuncian situaciones de violencia.
La nueva regulación impide establecer la custodia compartida cuando existan indicios de que puede perjudicar al menor y obliga a investigar las causas si un niño o niña muestra rechazo hacia uno de sus progenitores. Asimismo, facilita el acceso a atención psicológica, social y jurídica con el consentimiento de un solo progenitor, y endurece los requisitos para trabajar con menores, excluyendo a personas condenadas por delitos relacionados con la violencia de género.