22 noviembre 2024

26J Igualdad y derechos en los programas políticos de los partidos

Propuestas de la Plataforma Andaluza de Apoyo al Lobby Europeo de Mujeres para que sean incluidas por los distintos partidos políticos en los programas electorales de las próximas elecciones del 26J

1. Paridad en las listas electorales. Es imprescindible que las mujeres ocupen el espacio que les corresponde en política, representan más del 52% de la población, sin embargo los cabezas de lista, casi al 100% siguen siendo los varones.

2. Derogación del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Las mujeres continuamos siendo las que soportamos peores condiciones en el mercado laboral, y con este Real Decreto, la situación ha empeorado.

Medidas como la referida al cobro de prestaciones por desempleo parcial que establece que, en el caso de desempleo parcial, el paro cobrado se calcule por horas y no por días, de forma que el porcentaje de la prestación consumido sea equivalente al de reducción de jornada, ya sabemos quiénes son mayoritariamente las personas que trabajan a tiempo parcial o con reducciones de jornada: Las mujeres. Sobre el absentismo laboral, el texto definitivo facilita el despido por absentismo laboral y rebaja el índice de absentismo total que puede tener una empresa y marca el despido por causas objetivas ante faltas reiteradas al trabajo.
 Sea o no cierto las primeras que sufren en sus propias carnes este tipo de despido son las mujeres, puesto que se nos adjudica directamente todo el peso de la conciliación de la vida laboral y familiar (que no personal). Por otra parte, el llamado “descuelgue” de la negociación colectiva permite a las empresas no aplicar determinadas cláusulas previamente pactadas con lo cual la desregulación de las condiciones de trabajo están garantizadas y, por tanto la contratación deja de estar regulada por pacto colectivo o convenio para pasar a estarlo por condiciones particulares. Y continuando con las segregaciones, no podemos olvidar el papel de las empresas de trabajo temporal, a quienes la reforma modifica su papel y considera intermediación laboral la que tenga consideración de «servicio de carácter público» con independencia del agente que la realice, con lo cual desaparece el papel garantista para las condiciones de igualdad en la contratación que desempeñan los servicios públicos de empleo. A todo esto sin olvidar que aunque la reforma no dice una palabra del tema, los planes de igualdad que algunas empresas están obligadas por ley a negociar con la representación legal de las trabajadoras y trabajadores se están quedando sin elaborar como consecuencia de la crisis y su consecuencia más directa es que la brecha de la desigualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral se sigue abriendo.

3. Derecho al trabajo en igualdad de oportunidades. Dar cumplimiento íntegramente al Título IV de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en el que se incluye: Programas de mejora de la empleabilidad de las mujeres, Promoción de la igualdad en la negociación colectiva, Igualdad y Conciliación, Planes de Igualdad en las Empresas, Medidas Efectivas para prevenir el Acoso Sexual y el Acoso por Razón de Sexo en el Trabajo, apoyo para la implantación voluntaria de planes de igualdad, distintivo empresarial en materia de igualdad….

4. Igualdad Salarial entre Mujeres y Varones. Hacer un plan real y efectivo para la erradicación de la brecha salarial entre mujeres y varones, tanto en el sector público como en el privado. Fomentar la contratación de mujeres jóvenes, madres solas y mujeres mayores de 45 años, que son las más pobres del sistema.

5. Ley de subvenciones. Aplicar a la Ley de Subvenciones la perspectiva de género, teniendo en cuenta la necesidad de fomentar la empleabilidad de mujeres, especialmente las más vulnerables, mujeres jóvenes, familias monomarentales y mujeres mayores de 45 años.

6. No legalización de vientres de alquiler. Manifestar claro y contundemente el rechazo a la legalización del alquiler del cuerpo de las mujeres, y específicamente los vientres de alquiler.

7. Abolición de la prostitución. Poner en marcha las medidas necesarias para abolir la prostitución tal como se ha hecho en países como Suecia, Francia, Irlanda del Norte, Canadá, Islandia,… penalizando al “cliente” prostituidor y arbitrando medidas de inserción social y laboral de las mujeres víctimas de prostitución.

8. Inclusión en la Ley de Violencia contra las mujeres lo siguiente:

La violencia económica es violencia contra las mujeres, por tanto lo es también el impago de pensiones alimenticias para hijas e hijos, que afectan directamente a la madre.

La prostitución debe incluirse como otra forma de violencia contra las mujeres, aplicando la ley a prostituidores, como al resto de maltratadores.

El régimen de visitas a hijas e hijos, será suspendido a los maltratadores.

9. Custodias compartidas. Las custodias compartidas de hijas e hijos, sólo se llevarán cabo si son de mutuo acuerdo, velando así por el bienestar de la o el menor.

10. Iglesia Católica. Dada la multiculturalidad de nuestro país, exigimos el lacisimo de lo público, sacando de escuelas, hospitales, centros cívicos, etc., los símbolos y ritos religiosos.



2016-05