24 noviembre 2024

El Gobierno quiere que las empresas paguen todos los gastos del teletrabajo

El anteproyecto de ley de trabajo a distancia, que se negociará con los agentes sociales, prevé que los empleados puedan teletrabajar por «fuerza mayor familiar»

Aprobada la prórroga de los ERTE, el Gobierno se prepara para legislar sobre otro de los hitos laborales durante la pandemia: el teletrabajo. El ministerio de Trabajo tiene ya listo el Anteproyecto de Ley del Trabajo a Distancia, que ha hecho llegar ya a patronales y sindicatos. La norma aborda integralmente las fórmulas de prestación de servicios fuera del centro de trabajo habitual, que hasta ahora estaba sólo esbozada en preceptos legales escasos y dispersos.

El texto del ministerio que dirige Yolanda Díaz plantea que el trabajo a distancia ha de ser voluntario, reversible y tiene que regularse mediante acuerdo escrito en el que figure, entre otras cosas, un mecanismo de compensación de «todos los gastos, directos e indirectos, que pudiera tener la persona trabajadora por el hecho de prestar servicios a distancia»; para la fijación de ese mecanismo la futura norma remite a la negociación colectiva, al convenio o a un acuerdo entre la empresa y la representación legal de los trabajadores, que especifique cómo ha de hacerse esto (solo añade que podrá consistir en «complementos específicos que, en todo caso, deberán garantizar la compensación completa»).

El anteproyecto plantea también horarios flexibles para el trabajador, aunque dentro de los límites fijados en el acuerdo con la empresa, en el que se podrán establecer franjas de disponibilidad. «La persona que desarrolla trabajo a distancia podrá alterar el horario de prestación de servicios establecido respetando la normativa sobre tiempo de trabajo y de descanso, salvo, en su caso, en cuanto a los tiempos de disponibilidad obligatoria o los límites que al respecto hubieran podido establecerse en el acuerdo de trabajo a distancia», dice el artículo 13 del texto.

Además, se abre la puerta a que un trabajador con una emergencia en el hogar (enfermedad, accidente) pueda trabajar a distancia de forma ocasional: es lo que llama «fuerza mayor familiar»: si el problema requiriese la presencia física de la persona trabajadora, «ésta tendrá derecho a realizar su trabajo a distancia durante un máximo del 60 % de su jornada ordinaria, si ello fuera técnica y razonablemente posible, y en tanto persista la situación que justifica el ejercicio de este derecho», de acuerdo con el artículo 20.

La intención del Gobierno es negociar con los agentes sociales este texto de forma que se pueda aprobar antes del parón vacacional.

https://cadenaser.com/ser/2020/06/26/economia/1593167037_521260.html